La sobreactuación del Partido Popular al observar que su aval a la incorporación de una Decisión Marco de la UE al ordenamiento jurídico español hasta el momento en que alguien les avisó que podía beneficiar a algunos presos de ETA llegó al paroxismo cuando en el debate sobre inmigración, solicitado por ellos mismos, lo anularon provocando la entrada de Mari Mar Blanco en el hemiciclo. Ya Platón aconsejaba prudencia a la hora de gestionar los errores de los gobernantes de la polis. La permanente resurrección de ETA, en particular por las exageraciones de Isabel Díaz Ayuso afirmando que está más fuerte que nunca, obliga a recurrir a la psiquiatría.
Todo empezó con la tramitación del Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales.
Siguió con las enmiendas de Sumar, que vienen a reafirmar los efectos jurídicos de las sentencias condenatorias en el extranjero sobre un nuevo proceso penal al aplicarse tanto en la fase previa del proceso y durante el proceso como en la ejecución de las condenas. De esta manera, se unifica y garantiza el principio de equivalencia de efectos en cualquier Estado miembro.
Culminó con la intervención del PP a través de su diputado José Manuel Velasco Retamosa, quien no hizo ni una sola referencia al cómputo de penas para los presos de ETA y aprovechó su intervención para defender la aprobación de la norma. Declaró lo siguiente : “Como ya se ha dicho, lo que viene aquí es una simple trasposición de una directiva que ha tenido en el proceso previo a llegar a la Cámara más observaciones técnicas que enmiendas, lo que da una pista de qué tipo de texto estamos hablando”. En este sentido, añadió: “Es una directiva que debería haber sido traspuesta hace dos años y que llega con dos años de retraso, cuando era una cosa relativamente sencilla y que lo único que hace es demostrarnos una vez más que el Gobierno del señor Sánchez está más ocupado en ir contra jueces y medios de comunicación que en activar normas y tener una normalidad legislativa en esta Cámara. Eso sí, salvo que esté en juego el sillón de Sánchez”.
Sumar presentó una enmienda excluyendo de la trasposición de la Decisión Marco a través de este Proyecto de Ley Orgánica el texto legal, aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2014 gracias a su mayoría absoluta, que no homogeneizaba el cumplimiento de las penas en los países miembros de la UE para que una persona no cumpliera por un mismo delito dos o más condenas en diferentes estados.
La citada ley española incluyó una Disposición Adicional de 36 palabras por la cual la nueva norma no era aplicable a aquellas sentencias dictadas antes del 15 de agosto de 2010, que era la fecha tope en la que se debía haber trasladado la directiva comunitaria a la legislación española, es decir se excluía la aplicación de la Decisión Marco a los presos de ETA ya que coincidió con el cese definitivo del terrorismo de la misma.
El Proyecto de Ley Orgánica no ha sido explicado debidamente. Un preso de ETA en el Estado español condenado por asesinato y pertenencia a banda armada para que se le descuente su pena por otra cumplida, por ejemplo en Francia, la cumplida en Francia tiene que corresponderse con un tipo penal similar al que ha provocado su condena en España (En el caso de un delito cometido en Francia, si un miembro de ETA ha sido condenado por pertenencia a banda armada y en el Estado español, en forma de concurso de delitos, se le condena por terrorismo y pertenencia abanda armada, se le descuenta solo lo relativo a lo cumplido en Francia por pertenencia banda armada, y además por delitos que manifiesten una identidad normativa porque por un delito de estafa en Francia no se puede descontar nada a la pena de un delito de terrorismo en España).
El ponente del Partido Popular que quizá se convierta en víctima propiciatoria no se equivocó ya que invocó el principio de reconocimiento mutuo, basado en la confianza mutua entre los Estados miembros y consagrado en el Consejo Europeo de Tampere como la piedra angular de la cooperación judicial civil y penal en la Unión Europea.
Lo anterior ha supuesto una auténtica revolución en las relaciones de cooperación entre los Estados miembros, al permitir que aquella resolución emitida por una autoridad judicial de un Estado miembro sea reconocida y ejecutada en otro Estado miembro, salvo cuando concurra alguno de los motivos que permita denegar su reconocimiento. Finalmente, el Tratado de funcionamiento de la Unión Europea ha supuesto la consagración como principio jurídico del reconocimiento mutuo, en el que, según su artículo 82, se basa la cooperación judicial en materia penal.
La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se basa en la idea de que los objetivos de los Tratados se verían socavados si el Derecho de la Unión pudiera subordinarse al Derecho interno, dado que los Estados miembros transfirieron determinados poderes a la UE, limitaron sus derechos soberanos y, por lo tanto, para que las normas de la UE sean efectivas, deben prevalecer sobre cualquier disposición del Derecho interno, incluidas las constituciones.
Lo anterior se concreta entre otras en las siguientes sentencias:
• Internationale Handelsgesellschaft mbH /Einfuhr- und Vorratsstelle fur Getreide und Futtermittel (asunto 11/70);
• Amministrazione delle Finanze dello Stato /Simmenthal SpA (asunto 106/77);
• Marleasing SA /La Comercial Internacional de Alimentación SA (asunto C-106/89).
Cuando Consuelo Ordóñez afirma su hartazgo por la utilización política de las víctimas, lo que solo incrementa su dolor, está diciendo la verdad. Es difícil ponerse en la posición personal de una víctima del terrorismo, solo podemos intuir su dolor pero por lo menos cumplamos lo que es fruto del consenso: protección, reconocimiento y memoria.
Se habla mucho de la situación de Txapote y se habla mal, puesto que la Audiencia Nacional ya le descontó la parte de la pena cumplida en Francia. Algún partido y algunos medios de comunicación deberían estudiar mejor las cosas.
Jurista