La Corte Penal Internacional es un tribunal de justicia internacional permanente, fundado en su día sobre la base del Estatuto de Roma y que se rige por el mismo. La finalidad del tribunal, según ese mismo texto, es juzgar a las personas acusadas de cometer crímenes de genocidio, guerra, agresión y lesa humanidad. Es importante no confundirla con la Corte o Tribunal Internacional de Justicia, órgano judicial de Naciones Unidas, del que hablaremos luego y que juzga litigios entre Estados.

El Estatuto de Roma estableció cuatro crímenes internacionales centrales: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y el crimen de agresión. Esos delitos no están sujetos a prescripción alguna. Según el Estatuto de Roma, la CPI sólo puede investigar y procesar los cuatro crímenes internacionales principales en situaciones en las que los Estados no pueden o no quieren hacerlo por sí mismos.​ El tribunal es competente sobre estos crímenes sólo si se cometen en el territorio de un Estado parte o si son cometidos por un nacional de un Estado parte, pero hay excepciones: por ejemplo, la CPI también puede tener jurisdicción sobre crímenes si tal jurisdicción está autorizada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Durante las deliberaciones en las que se redacta el Estatuto de Roma, tanto Estados Unidos como Israel y China se opusieron al mismo. Pese a ello tanto Israel como Estados Unidos firmaron pero no ratificaron el Tratado. Estados Unidos incluso retiró su firma posteriormente. A pesar de todo ello, 124 estados son parte del estatuto, de los cuales 33 son países africanos, 19 de Asia-Pacífico, 19 de Europa del Este, 28 de América Latina y el Caribe y 25 de Europa Occidental.

En marzo de 2023, la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI emitió una orden de detención contra Vladimir Putin, en relación con presuntos crímenes de guerra relativos a la deportación y el “traslado ilegal” de niños de la Ucrania ocupada. Rusia tampoco reconoce a la CPI, pero de pisar territorio de países que sí han suscrito el Estatuto de Roma, Putin tendría que ser detenido y puesto a disposición de la CPI. Lo mismo ocurre con una serie de comandantes militares rusos encauzados asimismo por crímenes de guerra por dicho tribunal.

El fiscal jefe de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, anunció el mes pasado que solicitaba órdenes de detención contra el primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y su ministro de Defensa, Yoav Gallant, y contra los líderes de Hamás, Yahya Sinwar, Ismail Haniya y Mohammed al Masri. Un grupo de jueces de instrucción de la CPI determinará ahora si las pruebas respaldan la emisión de órdenes de detención y, de ser así, respaldarán la emisión de dichas órdenes de detención, con lo que pasaría entonces lo mismo que con Putin. Y seguro que así será.

Hubo quien llamó al fiscal para decirle que la CPI sólo estaba para juzgar cosas en África o matones como Putin. No es eso lo que dice el Estatuto de Roma.

Tanto los motivos sobre los que se sustentan los cargos como el procedimiento han sido impecables, aunque algunos de los cargos pueden suscitar interrogantes, relativos a su contenido. Tiempo hay para aclararlo todo, pues estamos muy al inicio del proceso.

En todo caso, es obvio que el fiscal ha dado en la diana. Tanto Hamás como el gobierno de Israel protestan. Y resulta curioso lo parecido de su argumentación, ya que ambos dos acusan al fiscal de poner a Hamás al mismo nivel que Israel y a Israel al mismo nivel que Hamás. La verdad es que él no iguala a perpetradores, sino a las víctimas. Y en eso tiene absolutamente toda la razón. Todas las víctimas tienen derecho a verdad, justicia, reparación y a la no discriminación –cosa a menudo interesadamente olvidada–.

El fiscal ha afirmado que Israel tiene todo el derecho de intentar recuperar a los rehenes tomados por Hamás, pero que lo ha de hacer acatando el derecho internacional humanitario. Así pues, el hecho de que los militantes de Hamás necesitan agua no implica, por ejemplo, denegar el agua a todos los habitantes de Gaza. Ni destruir Gaza.

La solicitud de detención de los tres líderes de Hamás se sustenta en argumentos parecidos, ninguna situación justifica lo que se produjo el 7 de octubre. Podrá tener –y esto lo digo yo– todas las explicaciones del mundo, que las cosas no ocurren porque sí. Pero nunca una justificación. Y las explicaciones no pueden ser eximentes en crímenes como éstos, en los que todas las víctimas tienen iguales derechos independientemente de quien fuera el perpetrador.

El proceso habrá de tener en cuenta –necesariamente– la clara desproporción numérica y de medios a la hora de perpetrar gravísimas violaciones del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.

Al mismo tiempo, sigue su curso la demanda de Sudáfrica contra Israel ante la Corte Internacional de Justicia. A esta demanda ya se han adherido asimismo otros países. Éste otro tribunal es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecido en 1945 en La Haya, a modo de continuador, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia Internacional.

Sus funciones principales son, entre otras, resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados. Su Estatuto forma parte integral de la Carta de Naciones Unidas, esa que el embajador israelí trituró ante la Asamblea General. Dicha corte cuenta con un reglamento mediante el cual se determinó la manera de ejercer sus funciones y, en particular, sus reglas de procedimiento. Y es en virtud de tal procedimiento que el pasado 24 de mayo emitió un fallo de urgencia, vinculante, de que Israel detuviera su ofensiva militar contra Rafah y que abriera el cruce de esa ciudad del sur de Gaza con Egipto para permitir la entrada de ayuda humanitaria. Israel tiene asimismo la obligación, al amparo de dicho fallo, de dar acceso a la Franja de Gaza a cualquier misión de investigación de la ONU e informar sobre los avances de cumplimiento de la orden en un plazo de un mes. Desgraciadamente, resulta obvio que Israel también hace caso omiso de este Tribunal. Deberá atenerse a las consecuencias. La primera ya es obvia desde incluso antes del fallo: Israel ha perdido claramente en el frente de la opinión pública a escala mundial. Quien no lo vea así o está ciego o es un fanático. Y a saber si incluso llevará a que pierda la guerra. Hay muchas formas de perder las guerras, aunque se puedan ganar todas las batallas.

Habrá quien piense que los Netanyahu, Gallant, Sinwar, Haniya y al Masris del mundo acaban siempre impunes. No es así. La justicia internacional ya procesó a Milosevic en su día, y fue su muerte por causas naturales en prisión la que impidió que se pronunciara sentencia en su contra, no la impunidad. Y la Corte Penal Internacional que, recordémoslo, aún está en pañales, ha podido pronunciar condenas contra gentes como Ahmad al-Faqi al-Mahdi, Jean-Pierre Bemba, Germain Katanga. Todos ellos del continente africano, es cierto, y de países firmantes del Estatuto de Roma o detenidos en ellos. Es prioritario, claro está, poner fin primero a la barbarie. Luego veremos cómo se pone en práctica el trabajo de la justicia internacional al amparo de la ONU. Estamos, por tanto, en un periodo crítico, en el que la ONU, su sistema de justicia y sus agencias como la URNWA necesitan todo nuestro apoyo.

La justicia internacional lleva entre nosotros sólo desde la Segunda Guerra Mundial, en contraste con los sistemas estatales que se iniciaron con la Carta Magna, en el medievo. Siempre ha sido reforzada tras barbaries como éstas, y de éstas de ahora tiene que salir reforzada significativamente. Pero, si como decía en su día John Lennon, queremos dar una oportunidad a la paz, ésta se va a tener que sustentar sobre unos pilares más sólidos que los que tiene ahora. En este sentido, tanto los procesos de la Corte Penal Internacional como de la Corte Internacional de Justicia van a ser fundamentales en un mundo multipolar como el que va amaneciendo. Pero nada de eso ocurrirá sin un apoyo decidido a la ONU. Si la ONU acaba como la Sociedad de las Naciones en los años 1930, lo más oscuro de la historia se repetirá. Y ya lo sabemos. Los que no aprenden de la historia están condenados a repetirla. Y quienes dolosamente no enseñan la historia tal y como fue, tienen toda la intención del mundo de repetirla. Activista por los Derechos Humanos