Absuelto un hombre para el que pedían 3 años acusado de abusar de la nieta de su novia
Según la versión acusatoria, los hechos habrían tenido lugar sobre las 12.00 horas del 14 de mayo de 2020, cuando la niña acudió al baño de la vivienda mientras su madre permanecía en su dormitorio
Un hombre que se enfrentaba a una petición de tres años de cárcel por parte de la Fiscalía, acusado de abusar sexualmente de la nieta de su novia, de cinco años de edad, ha sido absuelto por la Audiencia de Gipuzkoa, que le ha aplicado el principio 'indubio pro reo' por no existir prueba suficiente en su contra.
En el juicio por estos hechos, celebrado el pasado 26 de febrero en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, la Fiscalía acusó al varón de haber abusado de la pequeña en un domicilio de Donostia en el que convivía con la hija y la nieta de su novia.
Según la versión acusatoria, los hechos habrían tenido lugar sobre las 12.00 horas del 14 de mayo de 2020, cuando la niña acudió al baño de la vivienda mientras su madre permanecía en su dormitorio y se encontró con el procesado, quien habría abusado de ella.
Durante la vista, se proyectó la declaración de la víctima grabada en la fase de instrucción de forma preconstituida, sin que la niña llegara a declarar presencialmente.
Supuestos tocamientos en el baño
No obstante, tanto la madre de la pequeña como su abuela relataron que la niña les había contado cómo el varón le había efectuado tocamientos en un momento en el que ella había acudido al baño.
Por su parte, el acusado, defendido por el letrado Víctor Pallarés, negó en todo momento los hechos y afirmó que, aunque aquel día vio a la niña cuando entró y salió del baño mientras el comía sentado a la mesa, entre ellos no hubo ningún contacto físico ni siquiera una conversación.
En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, la Audiencia de Gipuzkoa constata ahora que la "prueba fundamental" contra el acusado es la declaración de la menor que se grabó como prueba preconstituida en la fase de instrucción y que durante el juicio sólo se contó con las declaraciones de testigos de referencia.
Aclara asimismo que la actitud que tuvo la niña mientras se grababa su declaración obligó a los profesionales que participaban en la prueba a hacerle no sólo preguntas abiertas para obtener información sino también algunas preguntas cerradas "debido a la dificultad para mantener su atención", tendiendo entonces la pequeña "a responder lo que se quería oír".
No se descarta que se haya "contaminado su recuerdo"
La resolución tampoco descarta que la niña "haya podido interiorizar detalles o elementos ajenos o sugeridos, incorporándolos de manera más o menos consciente a su memoria" y "contaminando así su recuerdo y por lo tanto la reconstrucción que pueda realizar de los mismos".
"No se ha detectado posible motivación secundaria para la revelación de los hechos por parte de la menor ni deseos de obtener beneficios secundarios por parte de las figuras adultas. No obstante, no puede descartarse la influencia de información externa postevento y posible reinterpretación de detalles y vivencias", insiste el texto judicial.
Presunción de inocencia
Por estas razones, el tribunal entiende que la prueba preconstituida no puede erigirse en "prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia" del acusado y entender acreditado el relato de la acusación "de manera plena y absoluta" como exige la norma.
Sentencia no firme
La sentencia aún no es firme, ya que todavía es posible presentar un recurso de apelación en su contra ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
Temas
Más en Sucesos
-
Fallece una mujer tras caer de una cascada de 5 metros mientras hacía una ruta en Toledo
-
Una persona fallecida y cuatro intoxicadas en el incendio de un piso de Zaragoza
-
Detenido por robo con violencia y agresión sexual a una mujer en Donostia
-
Detenido por violar a una chica en las inmediaciones de una discoteca de Donostia