Un tribunal de Instancia de San Sebastián ha anulado el requisito de contar con el PL-1 de euskera en la convocatoria de 15 plazas de limpiadoras de residencias realizada por el ente autónomo de la Diputación de Gipuzkoa Kabia.
La sentencia del caso estima parcialmente el recurso interpuesto contra las bases de la convocatoria por una persona afectada y anula los apartados que recogen el requisito de euskera por no ser "ajustado a derecho".
Aclara, en este sentido, que las bases de la convocatoria "imponen unos requisitos lingüísticos de acceso" a las plazas que, "pretendiendo maximizar los objetivos de normalización del euskera" en Kabia, "minimizan las aspiraciones de acceso al empleo público" de la persona recurrente.
Condiciones de igualdad
Concreta que Kabia "no veló" en su convocatoria "por el debido equilibrio que debe existir" entre sus potestades para "propiciar el ejercicio efectivo" del derecho de los ciudadanos a ser atendidos "también en euskera" y el derecho de los aspirantes a los puestos de trabajo a "acceder en condiciones de igualdad" a las plazas ofertadas.
En esta línea, constata que la exigencia de euskera "como requisito de participación" para 11 de las 15 plazas convocadas "reduce de manera muy importante y, por consiguiente, desproporcionada las posibilidades de los castellanohablantes", siquiera para participar en el propio proceso selectivo.
Una circunstancia que reduce "muy notablemente sus posibilidades de acceso al empleo público, al poder optar únicamente al 22,66% de las plazas convocadas", lo que marca "el cariz discriminatorio, por razones lingüísticas, de las bases recurridas".
Cuestión de números
Asimismo, la sentencia incide en el hecho de que el porcentaje de plazas para las que se exige el perfil de euskera como requisito específico en esta convocatoria es del 73,33%, cuando el índice de obligatorio cumplimiento fijado por la propia Diputación de Gipuzkoa es del 63,19%.
Una circunstancia que, según esta resolución que no es firme ya que aún puede ser apelada, "supone un quebranto del derecho constitucional" de la recurrente "a participar en la citada convocatoria en condiciones de igualdad".
Mensaje de las Comisiones Obreras
Tras conocer esta sentencia, el sindicato Comisiones Obreras ha explicado en un nota que las trabajadoras afectadas en este caso no tienen que relacionarse con otros ciudadanos cuando desempeñan sus tareas y ha recordado que "llevaban décadas con contratos temporales en la residencia, sin opciones para estudiar euskera dentro de su horario laboral por ser personal interino".
CCOO defiende además en su comunicado que "los derechos lingüísticos y laborales son perfectamente compatibles respetando las proporcionalidades sociolingüísticas".
Normativa lingüística
La central denuncia también "la insistencia de algunas administraciones en vulnerar la normativa lingüística del propio Gobierno Vasco y los derechos laborales de los trabajadores".
A su juicio, las administraciones vascas "se limitan a exigir el perfil lingüístico masiva y desproporcionadamente en sus OPE sin facilitar antes recursos y medios suficientes al personal interino para el aprendizaje del euskera", con lo que "el coste de la euskaldunización recae sobre el propio personal".
Finalmente, el sindicato se ha mostrado partidario de aplicar "una política alternativa basada en la gratuidad de los euskaltegis, liberaciones también para el personal interino y de subcontratas privadas, nuevas formas de acreditación sin macroexámenes, y el reconocimiento oficial de los perfiles 'sólo orales' y los de 'sólo comprensión'".