El Juzgado de lo Social único de Eibar ha reconocido que el período de baja con diagnóstico de epicondilitis (codo de tenista) de un trabajador de una empresa dedicada a la fabricación de fresadoras en Azkoitia corresponde con una enfermedad profesional, informa CCOO.

Según indica este sindicato en una nota, el análisis ergonómico del puesto de trabajo "señala la existencia de posturas forzadas y microtraumatismos por golpeo usando maza para operaciones de montaje y desmontaje".

La central también ha revelado que el perjudicado también tenía que manipular una grúa con carro de empuje manual sin automatización del desplazamiento.

Sentencia

La sentencia reconoce que la patología del empleado es una enfermedad profesional ya que la epicondilitis puede estar producida por "trabajos que requieran movimientos de impacto o sacudidas, supinación o pronación repetidas del brazo contra resistencia, así como movimientos de flexoextensión forzada de la muñeca, posturas y movimientos presentes", como ocurre en las tareas desarrolladas por el afectado.

El comunicado de CCOO señala que, pese a que la empresa cumplió con su obligación de enviar el parte de asistencia a la mutua, "lo hizo de una forma que no se ajusta a sus competencias, capacidades ni conocimientos, perjudicando con ello gravemente al trabajador".

Balones fuera

La empresa añadió así en el parte de asistencia que "no era conocedora de que hubiese ningún accidente, ignorando que los movimientos repetitivos, la manipulación de cargas o las posturas forzadas pueden provocar igualmente contingencias profesionales".

"Hasta tal punto la empresa hace valoraciones para las que no está preparada que pese a la nefasta redacción del parte de asistencia por parte de la misma, la sentencia declara la existencia de enfermedad profesional", aclara el sindicato.

Menos opiniones, más medidas

A raíz de esta resolución, el responsable de Salud Laboral de CCOO, Alfonso Ríos, ha instado a las empresas no verter opiniones en los partes de asistencia que puedan "interpretarse como una invitación a ocultar patologías profesionales" y a que "no usurpen competencias de las mutuas", que son "las competentes para declarar lo que es un accidente de trabajo y lo que no".

En esta línea, exige a las empresas que "se centren en su verdadera obligación": la de "implantar medidas preventivas para que no se produzcan accidentes de trabajo ni enfermedades profesionales".