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Turismo equipara los pisos turísticos rurales con los urbanos

El Gobierno Vasco elimina transitoriamente una disposición que las diferenciaba a la espera de su regulación en la futura ley

Turismo equipara los pisos turísticos rurales con los urbanosEFE

Javier Hurtado, consejero de Turismo, Comercio y Consumo, ha explicado en el Parlamento Vasco el por qué de la modificación de la disposición primera del Decreto 101/2018 del 3 de julio que incumbe a las viviendas y las habitaciones de viviendas destinadas al turismo en el ámbito rural.

La citada disposición abrió un “vacío legal” en la normativa según el consejero, que facilitó que las viviendas de particulares en el ámbito rural cuenten con la misma regulación que los agroturismos o las casas rurales. Sin embargo, estas últimas también deben cumplir otras medidas, como la de contar con una explotación agraria, en el caso de los primeros.

El consejero ha calificado la disposición ahora eliminada de “inoperante” y cree las viviendas turísticas que se ubican en el entorno rural deberían estar en el mismo marco de las que se encuentran en el núcleo urbano, que cuentan con limitaciones para huéspedes o restricciones por metros cuadrados.

El consejero ha explicado que el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo prepara una nueva Ley de Turismo que presentará durante el año 2025 para su posterior aprobación, y que esta modificación es transitoria. La derogación del citado párrafo, traería consigo la “regulación de las viviendas y habitaciones de uso turístico en el ámbito rural”, alineándolas con las que se encuentran fuera de este ámbito, ha añadido.

La disposición

En 2018 se aprobó el Decreto 101/2018 del 3 de julio, de viviendas y habitaciones de viviendas particulares para uso turístico que, desarrollo la Ley de Turismo en lo que respecta a este tipo de alojamientos. Pero la disposición adicional primera excluyó de esta norma a los alojamientos turísticos en el medio rural, especificando: “Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente norma los alojamientos que se presten en las viviendas y habitaciones de viviendas particulares de uso turístico situadas en núcleos rurales o en zonas clasificadas como suelo no urbanizable, los alojamientos que presten las personas agricultoras y ganaderas en los caseríos integrados en una explotación agraria y los alojamientos que se presten en edificios o construcciones que respondan a la arquitectura tradicional, típica de la comarca o zona, que se regularán por lo establecido en la norma específica reguladora de los establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural”.

Transición

En vista del crecimiento y el impacto que el turismo está teniendo en la CAV, el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo ha visto necesaria la aprobación de una nueva Ley del Turismo, y hasta que se produzca, cree conveniente derogar la disposición primera del decreto citado para regular la normativa de las viviendas o habitaciones destinadas al turismo, independientemente de su ubicación. Para ello, las personas titulares de viviendas o habitaciones de viviendas para uso turístico situadas en núcleos rurales, deberán presentar una declaración responsable en el plazo de 6 meses a partir de la entrada en vigor del nuevo decreto, que metería a este tipo de viviendas en el mismo marco que las que se sitúan fuera de la zona rural.

Las explicaciones de Hurtado no han convencido a todos los partidos políticos. Itziar Murua, por parte de EH Bildu, ha afirmado que esta derogación es “una amenaza” y ha detallado que “los pisos turísticos tienen que cumplir muchos menos requisitos que los rurales, y las viviendas turísticas no comparten el mantenimiento de la economía rural y la protección paisaje” a la que sí contribuyen los agroturismos. El Partido Popular, en cambio, ve con buenos ojos la propuesta del consejero afirmando que “las viviendas turísticas en el ámbito rural juegan un papel importante, revitalizando la zona y siendo un nicho de empleo”, pero ha remarcado que “hay que buscar un equilibro”.

El grupo socialista y el PNV también han apoyado la propuesta de derogación hasta que se apruebe la nueva Ley del Turismo argumentando que “la modificación no contribuye a que el número de viviendas turísticas incremente en la zona rural, simplemente las regula y las encuadra en un marco en el que deberían estar”, ya que ahora quedaban excluidas de algunas medidas por la disposición primera del decreto 101/2018 del 3 de julio.

DESCONTENTO

El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido recientemente su opinión respecto a la modificación presentada por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo. A su juicio, “no se explica con la suficiente claridad las razón por las que se considera que existe tal laguna normativa” y añade que “más bien se parece a un cambio de criterio sobre la exclusión inicial”. Además, el CES considera que “es necesario llevar a cabo una reflexión y una revisión en profundidad del modelo turístico y del uso de la vivienda, que analice la forma amplia y transversal los efectos del mismo y garantice la finalidad social de la vivienda en Euskadi”.