Menos de 2.000 euros de indemnización y finiquito. Jon espera el nacimiento de su hija sin trabajo, después de que una empresa guipuzcoana de tratamientos térmicos, en su planta de Zumarraga, le comunicase su despido el pasado día 16, alegando “baja productividad”. Desde el primer aviso (preaviso obligatorio), una hora antes de cogerse las vacaciones el 2 de agosto, hasta su despido, pocos días después de volver de las mismas, apenas le dio tiempo a intentar cambiar nada. 

“No tengo pruebas de que me despiden porque voy a ser padre, pero tampoco dudas”, afirma. Desde el día que informó a la gerente de la planta de que esperaba una hija, afirma que “su actitud cambió hacia mí”. Incluso le manifestó su sorpresa porque fuera a ser padre superados los 40 años: “No recuerdo la frase exacta, pero me lo dijo claramente”.

Es un goteo. En el Estado español se están produciendo y dándose a conocer las primeras sentencias de despidos de trabajadores varones que esperan tener familia en breve y una vez que nazca su bebé pueden acogerse al permiso de paternidad de 16 semanas implantado en 2021. ¿Despido nulo o improcedente? ¿Obligación de recontratación o indemnización?

Nuevos derechos, nuevos problemas. Y sobre todo, lagunas que terminan resolviéndose en instancias judiciales. Aunque las primeras sentencias en los juzgados de lo social (se han dado a conocer casos en Salamanca y Santander) han dado la razón a las empresas y se han decantado por considerar improcedente el despido, y no nulo, en los casos en los que es que el bebé aún no ha nacido, una sentencia reciente del Tribunal Superior Justicia de Cantabria, una instancia superior, ha considerado justo lo contrario, obligando a una compañía a la recontratación por vulnerar los derechos fundamentales de los trabajadores. Ante la misma, publicada el 17 de junio, cabe recurso de casación al Supremo, que será quien tenga que decidir.

Muchos no lo denuncian. El propio Jon prefiere no hacerlo y pasar página, aunque todavía estaría a tiempo. Lamenta que firmó sin más el despido, sin hacer constar un “no conforme”, pero asegura que no está dispuesto a ocultar entre sus familiares y allegados la “injusticia” de la que cree haber sido víctima.

Miedo a quedar señalado 

En Zumarraga, y cara a cara, su relato no ofrece fisuras. Jon e Irene, agarrados de la mano, han decidido contarlo, pero no quieren que se mencione el nombre de la empresa, ni el suyo. Jon, cuyo nombre real es otro, tiene miedo de quedar señalado, de que se le considere “problemático”, y eso le dificulte encontrar trabajo en otra empresa. Nos pide que no utilicemos sus nombres reales, pero quiere poner su caso en la palestra, para evitar que se repitan. 

No está afiliado a ningún sindicato. Y en este trance, su único consuelo es saber que su pequeña viene bien. El mismo día que le notificaron el despido, al salir del trabajo y a pocos metros, en el hospital de Zumarraga, la ecografía le daba una “gran noticia”. Todo iba bien. Jon e Irene serán padres próximamente.

Un despido improcedente antes del nacimiento como el de Zumarraga, alegando “bajada de productividad”, es un “patrón que se repite”

Jon no se lo quita de la cabeza: Fue “a finales de mayo o principios de junio”, cuando operaban a su padre. Jon era uno más entre la treintena de trabajadores de una pequeña empresa de Zumarraga. Había sido contratado en febrero de este mismo año y estaba “encantado”. Dejó su anterior empresa en Araba ante la oportunidad de trabajar al lado de casa. Ni lo dudó. Menos de cinco minutos a pie desde su casa al trabajo.

Cree que ha pecado de novato y asegura que no le va a pasar más. Yo sentía que tenía que decirlo, que tenía que hacer las cosas bien. Pero algo hizo click desde el mismo momento en que anunció su próxima paternidad. 

“Es una empresa de trato muy cercano. La gerente suele pasar a hablar con los trabajadores y ese día vino a dónde mí y me preguntó por mis padres, porque estaban enfermos”. Espero que estén bien y todo se arregle, le dijo, pero Jon le avanzó que “no todo no van a ser malas noticias…” Fue cuando le confesó su próxima paternidad.

“Y a partir de esa fecha, muy poco tiempo después, su actitud cambió hacia mí. Me hablaba lo justo y necesario. Me sorprendió”, relata Jon.

Irene recuerda esos días. Mientras habla se frota el vientre que aloja a su pequeña: “Él estaba preocupado y decía, algo va mal. No le caigo bien o lo que sea, pero algo va mal. Ya no me habla como me hablaba”. 

Una hora antes de las vacaciones 

Sus sospechas comenzaron a fraguarse el 2 de agosto. “Me iba de vacaciones a las 14.00 horas, estaba de mañana y a las 13.00 horas me llama y me dice que quiere hablar conmigo y me dice que está bajando la productividad. Y llegados a este punto, que con seis meses desde que empecé en el trabajo, se me puede exigir más”. Su rostro expresa desconcierto.

“Te puedo comprar que algún día haya hecho menos de la media, por averías, cambios de puesto y no conocer las máquinas, porque era nuevo, pero yo no era consciente de haber bajado la producción y no lo creo. Pero me fui preocupado, diciéndome a mí mismo: pues lo intentaré hacer mejor”. 

No tuvo tiempo. El 2 de septiembre regresó al trabajo. Y aquel día observó que se había quedado fuera de la ronda de visita que habitualmente hacía la responsable de la planta. “Vinimos de vacaciones. Ese día estábamos todos, saludó a todos los compañeros y por mi puesto no se pasó y aquello me mosqueó”. 

“Por cierto, no volvió a preguntar por mis padres. Hubo algo”, sospecha y cree que fue su inminente permiso de paternidad: “Eso es lo que creo yo que ha pasado. El lunes 16 me llama y me dice: tenemos que hablar. Voy a poner en marcha el protocolo para rescindir el contrato. Cortó de raíz. Muy altiva, por cierto”, recuerda.

Jon ya se había hecho cargo de la situación. Al día siguiente, se consumó el despido y asegura que la propia gerente le reconoció que “es posible que me arrepienta de esta decisión, pero está tomada”. 

“Les dije que me echan por eso, porque les sale más barato echarme que pagarme. Se quedó callada, como una puerta. Nadie me rebate nada. Pero me voy a la calle. Si me lo dicen, no me lo creo. Yo pensé que era una empresa seria. Ya me había hecho a la idea de que había encontrado estabilidad, tenía un contrato indefinido, y de repente, en un día te cambia la vida”. 

Readmisión por "discriminación refleja" 

El Tribunal Superior de Cantabria da la razón a un hombre pese a los primeros casos desestimados en primera instancia

El 4 de febrero de este año, el diario digital especializado en noticias judiciales Confilegal, se hacía eco de una de las primeras sentencias en este sentido, en este caso, del juzgado de lo Social número 2 de Salamanca: “El despido paterno puede ser nulo o improcedente, según el momento del embarazo, según la Justicia. 

Dicho fallo judicial consideró improcedente el despido de un trabajador que fue despedido el 9 de junio de 2023 y fue padre en agosto. Pero no nulo. El argumento de la empresa para el despido era el mismo que en el caso de Zumarraga y es el que se empleaba antes con las mujeres: la disminución del rendimiento. 

El tribunal estipuló que para que el despido sea nulo, debe producirse después del nacimiento del menor, y por ello calificó la rescisión de contrato como improcedente, con la correspondiente indemnización de 33 días por año trabajado.

Otro despido en enero 2023, esta vez en Cantabria, arrojó el mismo resultado en primera instancia. Improcedente, pero no nulo. A la calle con 763 euros de indemnización. El demandante, cuando apenas llevaba cuatro meses en la empresa, el 7 enero de 2023, comunicó que su pareja estaba embarazada. El 27 de enero de 2023 fue despedido.

Sin embargo, su recurso ante el Tribunal Superior de Justicia fue admitido y, éste ha decretado su readmisión e indemnización por “discriminación refleja” o discriminación por asociación en una sentencia publicada el pasado mes de junio. 

El alto tribunal declara nulo el despido del trabajador tras anunciar que va a ser padre. Y se apoya en la “inmediatez temporal entre el anuncio del embarazo y el despido”, para concluir que éste es nulo y que se han vulnerado los derechos fundamentales por discriminación por circunstancias familiares y el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral, dentro del marco de igualdad efectiva entre mujeres y hombres que proclama la Ley Orgánica 3/2007.

La "discriminación refleja" que concurre en el actor, según la sentencia, es la situación en la que "una persona es tratada de forma menos favorable por causa de su vinculación o asociación con otra que posee uno de los rasgos o características protegidas (o las causas de discriminación prohibidas), pese a no poseer dicha característica en quien alega el trato discriminatorio".