Reglamento de uso
Munición. Las pistolas dispondrán con una munición con calibre de 9mm semiautomática y con aguja percutora, descartándose cualquier otro tipo de accionamiento de disparo y se dotará de un cargador de repuesto. No podrá utilizarse ninguna munición que pueda causar lesiones innecesarias, con causas de mayor potencia a la requerida o Flobert, que en vez de pólvora contiene fulminante de mercurio. Y los chalecos de protección deberán ser similares al uniforme.
Funda de seguridad. La funda que deba portarla deberá tener todas las medidas d seguridad para extracción involuntaria o pérdida accidental de la misma.
Tenencia y retirada. Las armas siempre se depositarán en armeros y búnkeres que cumplan la normativa y tendrá que haber una persona responsable del armero. Se prohíbe fuera del servicio o particulares.
Armas de uso propio. Como mayor garantía, también se ha recogido la tenencia y retirada de las armas particulares de las agentes que pudieran estar amparadas en la licencia de armas A, la que proporciona el ser agente de autoridad y tener de un carné profesional, particulares son para su actividad de caza, tiro deportivo o cualquier otro tipo de arma para cuestiones de seguridad. Reguladas.
Revisión anual de las armas. Se les realizará por el propio servicio de la Policía local, revisión del estado del arma, que disponga de la dotación de munición y que se disponga el número de serie y guía del arma sean las correctas, es decir que no haya usos personales o personalizados.
Sala fríacon paredes absorbentes. Como garantía para los agentes, las armas deberán ser manipuladas en la zona fría, durante la recogida y depósito en los armeros, que dispondrán con paredes y suelo con material que absorba el proyectil en caso de que se produzca un disparo fortuito. No puede permanecer más de una persona en su interior. Es una especie de cajón, para que cuando se hace ese uso al comienzo y final del servicio sucedan accidentes.
Procedimiento de retirada. Se establecen las condiciones en las que los agentes dejarán de disponer del arma reglamentaria, como de las particulares, si las tuvieran. Situaciones que se pueden dar en cumplimiento de una medida disciplinaria o resolución judicial, un riesgo grave por un trastorno de conducta, una incapacidad temporal superior a 90 días, tanto derivada de una enfermedad común como accidente laboral); o situaciones administrativas como jubilación, excedencia, pérdida de condición de funcionario o fallecimiento.
Restitución del arma. La restitución del arma se recoge con las garantías debidas tanto del punto de vista de salud, disciplinario o administrativas y cualquier variación en la tenencia o revisión de las armas deberá ser comunicada a Intervención de la Guardia Civil.
Grilletes. Dispondrán de seguro de bloqueo, que impida una apertura intencionada por parte de la persona detenida, como evitar que se produzca un exceso de apriete o no pueda autolesionarse. Siempre será un medio técnico temporal y solamente para un comportamiento violento de la persona a controlar, la posibilidad de huida o de autolesión.
Bastones: nunca flexibles. La propia jefatura las dotará y decidirá cuáles. Nunca podrán ser utilizada en la actividad privada. Y no podrán ser nunca flexibles, para evitar una mayor lesividad.