El Juzgado de lo Social número 1 de Donostia-San Sebastián ha reconocido la condición de fija a una empleada pública laboral que llevaba quince años en situación de temporalidad en el Ayuntamiento de la capital y que ya era indefinida no fija. 

Es la primera sentencia que se da a conocer reconociendo la fijeza de personal en abuso de temporalidad en Gipuzkoa, pero se espera que se reconozcan más casos en el futuro después del hito que supuso el reconocimiento del Tribunal Supremo a un trabajador de Aena en noviembre de 2021.

Lo que dictaminó la Sala de lo Social del Supremo en aquel caso abrió la puerta a todo el personal temporal de las administraciones públicas a obtener una plaza fija siempre que hubiera aprobado las pruebas de acceso, aunque no haya logrado la plaza. Más allá de la fórmula de indefinidos no fijos que planteó el Tribunal Supremo.

En marzo de 2020, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que el personal interino y temporal en las administraciones públicas que se encuentra en esta situación está en fraude de ley por abuso en la contratación temporal y dijo que ese abuso debía ser sancionado

Los interinos guipuzcoanos, de Euskadi y del conjunto del Estado, llevan tiempo reclamando que una sanción adecuada y que a la vez reparase este agravio era precisamente imponer a las administraciones incumplidoras el hecho que se intentaba evitar, la incorporación definitiva de estas personas a las plantillas como personal fijo. 

Se espera que se produzcan más sentencias en este sentido como castigo por el “abuso de temporalidad” en la administración pública

El Estado español había llegado a esta situación después de seguir durante más de 20 años años sin trasponer la directiva europea 1999/70, de obligado cumplimiento para todos los estados miembro y sus administraciones, también las locales. Una directiva que decía que los puestos interinos son para cubrir situaciones excepcionales. No para extenderlos durante 15 o 20 años. 

El embrollo afectó a la práctica totalidad de las administraciones del Estado. Se calcula que en total podía haber unas 800.000 personas en abuso de temporalidad. Plazas que debían haber sido sacadas a concurso público hace años. Y que afectaban a empleados que en su día aprobaron oposiciones o concursos de méritos, pero se perdieron en bolsas de trabajo "porque no se ofertaron todas las plazas que se tenían que haber ofertado".

Según ha podido saber Noticias de Gipuzkoa, la sentencia del Juzgado de lo Social Nº1 de Donostia. rechaza que los procesos selectivos sean una medida sancionadora que cumpla con la Directiva 1999/70; y declara que al no existir en el Derecho español medida sancionadora alguna, la Directiva exige la transformación automática de los empleados públicos temporales víctimas de un abuso en fijos.

Este periódico también ha tenido conocimiento de otros casos semejantes que pese al camino marcado por el Supremo, no han obtenido sentencia favorable en otro juzgado de San Sebastián, pero los denunciantes han recurrido y están a la espera de que se pronuncie el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.