Levantan el secreto de sumario del ‘caso Romanones’
El juez plantea la posibilidad de que los delitos por abusos de menores hayan prescrito
donostia - El Juzgado de Instrucción 4 de Granada, que investiga a un total de diez sacerdotes y dos seglares de Granada denunciados por presuntos abusos sexuales a varios menores, levantó ayer el secreto de sumario decretado desde el pasado 3 de noviembre, y da diez días a las partes personadas en la causa para que se pronuncien si los delitos que se les atribuyen podrían haber quedado prescritos.
En su resolución, el magistrado Antonio Moreno recopila la denuncia del primer joven, que llevó su caso ante el Papa Francisco, y alude a tres posibles víctimas más, que han comparecido como testigos en el proceso, recogiendo un relato pormenorizado de sus testimonios, que apuntan al considerado líder de los Romanes o Romanones, el padre R.M.V.C., y a nueve sacerdotes más y dos seglares.
Así, considera que los hechos son susceptibles de constituir infracciones penales por la comisión de delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, en sus formas de agresiones sexuales, abusos sexuales y exhibicionismo, con las agravantes de prevalimiento, u otras, con la “participación necesaria, cooperación y encubrimiento” de las doce personas imputadas, cuatro de las cuales -entre ellas el considerado líder del clan- fueron arrestadas y después dejadas en libertad con cargos.
El juez justifica en su resolución las dos prórrogas del secreto de sumario, que se produjeron el 3 de diciembre y el 3 de enero, y la necesidad de una investigación “silente, cauta y reservada”, señalando que los hechos objeto de investigación tienen “una gran trascendencia y gravedad en sí mismos, por aparecer, además, como implicados representantes de confesión religiosa”, quienes “lejos de ser los garantes de los principios religiosos proclamados por dicha confesión y su más Alto signatario, indiciariamente se podrían haber convertido en sus transgresores, y podrían haber dispuesto de efectivas posibilidades de entorpecer y obstaculizar las investigaciones”. Por otro lado, considera que se debía dilucidar si estaríamos ante una trama organizada y alerta de la posibilidad de que los hechos denunciados hayan prescrito, e informa de que, según el Código Penal, la responsabilidad criminal se extingue: a los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años; a los 15, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años. - E.P.
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