donostia - La conocida como ley mordaza (ley de Seguridad Ciudadana) que actualmente tramita el Congreso de los Diputados está abierta a nuevas restricciones. Y es que el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, plantea añadir a la norma la prohibición del burka en espacios públicos. El ministro argumenta que el proyecto aprobado por el Ejecutivo ya contempla sanciones a quienes acuden a manifestaciones con la cara tapada y califica el tema de “oportunidad” debido a la tramitación de la ley en la Cámara baja.

El uso del velo islámico integral en la calle está siendo un asunto muy controvertido. Mientras el Tribunal Europeo de Derechos Humanos justifica alguna prohibición (como la realizada en Francia) en los valores de seguridad pública y las exigencias mínimas de la vida en sociedad, muchas de las mujeres que lo llevan aceptan el burka como un símbolo más de su religión.

Fernández Díaz explicó ayer que este asunto tiene dos dimensiones: “una es la de la seguridad y otra la de la dignidad de las mujeres”. “Como opinión personal creo que es una prenda que atenta contra la dignidad de las mujeres, pero eso no sería competencia de Interior”, matizó. No obstante, añadió que este debate sí afecta al ministerio desde el punto de vista de la seguridad “en la medida en que el burka dificulta la identificación de una persona que pudiera cometer un acto ilícito”.

Recordó que ya en la Ley de Seguridad Ciudadana se contempla el hecho de que las personas que van embozadas a las manifestaciones sean sancionados administrativamente “en la medida que ese embozamiento impide su identificación”. Insistió en que “no quiere decir que sea necesaria” esta regulación para prohibir el burka, pero reiteró que “puede ser una oportunidad”.

Según aseguró, puede ser “un buen momento para su regulación”, al tiempo que recordó que el proyecto de esa ley aprobado por el Ejecutivo ya contempla sanciones a quienes acuden a manifestaciones con la cara tapada. “Quizá durante la tramitación del proyecto de Ley en el Congreso esta cuestión pueda tener un nivel de consenso”, afirmó el ministro en rueda de prensa tras ser preguntado por algunas iniciativas a nivel municipal enfocadas a prohibir esa prenda en espacios públicos.

En este sentido, Fernández Díaz recordó que ya en Lleida hubo una iniciativa en este sentido, pero también añadió que en diversas ocasiones las autoridades judiciales las han cuestionado. Y es que cabe recordar que solo las Cortes Generales y no un Parlamento de una comunidad autónoma ni un ayuntamiento pueden dictar una ley que prohiba el uso del burka en la calle.

De hecho, la Generalitat de Catalunya renunció este martes a vetar el uso del velo islámico integral en la vía pública. A una mujer con el rostro oculto solo se le podrá exigir que se retire el burka, el niqab o el abaya por criterios de seguridad y para su identificación, tal y como ya sucede actualmente.

La Generalitat aprobó la memoria previa del anteproyecto de ley que prohibirá el uso de la vestimenta o complementos (burka, casco o pasamontañas) que oculten el rostro en las manifestaciones, pero renunció a su intención de prohibirlo en la vía pública al no tener competencias para hacerlo. Sin embargo, el ministro no precisó ayer en que circunstancias debería quedar prescrito.

“No está tan extendido”. El responsable de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, no ve necesario regular la prohibición del burka. “No es necesario crear un antecedente. No está tan extendido el fenómeno. La mayoría de las mujeres que llevan burka vienen de visita”, precisa.

“No es una prenda islámica”. Tatary aclara que el burka no es una prenda islámica sino una prenda local que es utilizada en una tribu determinada de Afganistán. “Hace falta diferenciar entre las costumbres y la religión, la parte religiosa es tapar la cabeza, no la vestimenta que cubra todo el cuerpo”, puntualiza.

El responsable de la Comisión Islámica recuerda que la ley ya establece que las musulmanas deben llevar la cara destapada en la fotografía del DNI.

Varias resoluciones de ayuntamientos catalanes prohíben, bajo sanción y multa, la prohibición del velo islámico integral en espacios de titularidad municipal.