El Supremo condena a Eduardo Inda a indemnizar a Pablo Iglesias por intromisión al honor
El tribunal señala que las noticias difundidas en 2016 dañaron la reputación del exlíder de Podemos y ordena suprimirlas y publicar la rectificación con igual difusión
El Tribunal Supremo ha condenado al director de OKdiario, Eduardo Inda, y a la empresa editora del medio a indemnizar con 18.000 euros al exlíder de Podemos Pablo Iglesiaspor vulnerar su derecho al honor al publicar -en 2016- que recibió un pago a través de un paraíso fiscal.
La sentencia de la Sala de lo Civil del Supremo, difundida este jueves por el alto tribunal, estima en parte una demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor presentada por Pablo Iglesias contra Eduardo Inda y Dos Mil Palabras S. L. por varias noticias publicadas en mayo de 2016 en OKdiario.com relativas al supuesto "cobro de una importante cantidad de dinero pagada por el gobierno de Venezuela en un banco radicado en un paraíso fiscal".
Condena
Condena a ambos a indemnizar a Iglesias con 18.000 euros, a publicar una nota que recoja los principales argumentos de la sentencia "con al menos la misma difusión pública que tuvo la intromisión sufrida" y "con la misma visibilidad, sin apostillas ni comentarios", y también a que "cesen la divulgación de los artículos objeto del proceso en internet".
En concreto la sentencia del Supremo desestima el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por Iglesias contra la sentencia de la Audiencia Provincial del 9 de mayo de 2018 que corroboró la decisión de un tribunal de primera instancia de rechazar la demanda por intromisión en su honor (al estimar que lo publicado era veraz en el sentido de contrastado).
Pero sí estima parcialmente el recurso de casación presentado contra la misma.
Así declara que los artículos publicados los días 6, 7 y 8 de mayo de 2016 en OKdiario "constituyen una intromisión ilegítima en el derecho al honor del demandante" porque no observaron el requisito de veracidad exigible, y condena a Inda y a la empresa editora.
Exonera en cambio al periodista Francisco Mercado, que elaboró las informaciones que Inda decidió cambiar antes de publicar, modificando el titular y eliminando determinadas cautelas, según la sentencia, que detalla que el trabajo de Mercado "respetaba los estándares de diligencia exigidos por el requisito de veracidad" contenido en la Constitución.
Los magistrados cuantifican en 18.000 la cantidad a indemnizar, frente a la petición de Iglesias de 250.000 euros, argumentando que "una indemnización excesiva (...) puede tener un efecto disuasorio o desalentador respecto del ejercicio de la libertad de prensa sobre cuestiones de interés general".
A la vez sostienen que "en este caso, los artículos se publicaron apenas unas semanas antes de las elecciones generales en las que el demandante encabezaba la candidatura de la provincia de Madrid de su partido político" y "los hechos que se le imputaban afectaban considerablemente a su reputación".
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