El Tribunal Supremo ha sustentado la condena a inhabilitación del fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz tanto en la filtración a la prensa del correo con la admisión de dos delitos contra Hacienda de la pareja de Isabel Díaz Ayuso como en la nota de prensa que emitió la Fiscalía el 14 de marzo de 2024.
La sentencia, suscrita por la mayoría de cinco miembros del tribunal, considera probado que fue el fiscal general o una persona de su entorno, y con su conocimiento, quien filtró a la Cadena Ser el correo de 2 de febrero de 2024 en el que el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, aceptaba en su nombre dos delitos contra Hacienda en busca de una conformidad con el fiscal que le investigaba.
"El fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito", sostiene la sentencia, de 180 páginas, que subraya que sobre García Ortiz pesaba un reforzado deber de reserva que quebrantó sin justificación.
A continuación puedes leer la sentencia en su integridad.
Hay dos votos particulares en la sentencia, el de las magistradas Susana Polo y Ana Ferrer, que acompaña a la sentencia condenatoria. Ambas apuestan por absolver al fiscal de un delito de revelación de secretos al considerar que no ha quedado acreditado que fuese él, de forma directa o a través de un tercero, quien filtró a la prensa el correo en el que el abogado de Alberto González Amador admitía la comisión de dos delitos fiscales.
Además, no ven delito en la difusión de la nota de prensa con la que la Fiscalía negó haber retirado una oferta de pacto a González Amador -como habían publicado varios medios- pues este comunicado contenía datos que ya habían sido revelados previamente y porque se desmintió una acusación falsa de actuación ilícita de la Fiscalía", que era "la única opción legal" ya que "lo contrario habría sido dar por válida la afirmación que atacaba de plano la legalidad de la actuación de la Fiscalía".