El Supremo no ve delito alguno en la reunión de Yolanda Díaz con Puigdemont en Bruselas
Acuerda inadmitir y archivar, por no apreciar delito alguno, cinco denuncias y una querella presentadas contra la vicepresidenta del Gobierno español
El Tribunal Supremo ha acordado inadmitir y archivar, por no apreciar delito alguno, cinco denuncias y una querella presentadas contra la vicepresidenta del Gobierno español Yolanda Díaz por la reunión que mantuvo el pasado septiembre en Bruselas con el expresidente catalán Carles Puigdemont.
Las denuncias y la querella, formuladas por asociaciones, abogados y particulares, que han sido estudiadas conjuntamente, consideraban que la vicepresidenta del Gobierno español podía haber incurrido en presuntos delitos de omisión del deber de perseguir delitos por una autoridad o funcionario público, encubrimiento, ultraje, malversación, traición y contra la paz e independencia del Estado español.
Una de los denunciantes era Sociedad Civil Catalana que sostuvo que Díaz "trató asuntos de Estado con un prófugo de la Justicia, negociando las condiciones para la investidura de Pedro Sánchez", una conducta que "atenta frontalmente contra el interés general de todos los españoles, contra la legislación vigente y contra las resoluciones judiciales existentes".
Para el Tribunal Supremo, sin embargo, los hechos no son encuadrables en el tipo penal de ninguno de esos delitos.
"Como se puede presumir de las informaciones publicadas, el hecho denunciado se enmarca en las negociaciones que se estaban llevando a cabo por los representantes de los distintos grupos parlamentarios para conseguir la investidura de un determinado candidato como presidente del Gobierno", explica el tribunal.
Y añade que "resulta harto discutible que puedan ser incardinadas en ninguna de las conductas que los querellantes han considerado delictivas".
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