ablar de cultura LGTBI es como hablar de Derechos LGTBI. Una licencia expresiva para hacer referencia a una realidad que existe como parte indivisible de un todo más general.

Cuando hablamos de cultura, en abstracto, tendemos a limitar su contenido a la generación de determinados productos y servicios, pero en realidad abarca todo el conjunto de los rasgos distintivos materiales y espirituales, intelectuales y (¡atención!) también afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social. Así, además de las artes y las letras, las creencias y las tradiciones, se extiende a nuestros modos de vida, a las formas de convivencia y relación interpersonal, a los sistemas de valores.

La cultura es diversa y dinámica al ser un contenedor muy amplio de manifestaciones, que además varían en sus formas a través del tiempo y del espacio. Cambios que, por supuesto, también afectan a los modos de pensar, desarrollar, vivir y expresar la sexualidad propia y colectiva. A la asunción o rechazo de la identidad y de los roles sociales que nos fueron asignados cuando nacemos. Esa etiqueta que dirige nuestras vidas sin nuestro previo consentimiento. Un camino que subvierten las personas LGTBI+ por el mero hecho de su existencia, al cuestionar privilegios asentados y las normas que los sustentan. Porque el Derecho, no podemos obviarlo, no deja de ser parte integrante de la cultura dominante. De ahí que, dentro del conjunto de las minorías, sea una de las que genera más reacciones adversas universalmente, de las más atacadas y perseguidas, y de las menos protegidas legalmente, cuando no directamente perseguida y penada.

También es una de las minorías que, tradicionalmente, cuenta con menos referentes positivos en las manifestaciones culturales. Ante tal carencia surge la necesidad de que, desde las propias personas que engloba y los colectivos que comprende, se generen dichas referencias para sentirse reales, para visibilizarse, para hacerse valer en derechos en igualdad de condiciones que el resto de seres humanos. Y esto es lo que sucede con la denominada cultura LGTBI, la que engloba la creación, producción, difusión, distribución y celebración de otras formas de percibir el mundo y de vivir de un modo alternativo al que se nos asignó y al que se nos muestra como necesario, estándar y homogéneo -aún ni siquiera siéndolo-, en el amor, en el deseo, en la sexualidad, en la identidad o expresión de género, en la norma de las características sexuales... En suma, al margen del sistema patriarcal y cisheteronormativo.

Como señala la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, "la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los organismos vivos. En este sentido, constituye el patrimonio común de la humanidad y debe ser reconocida y consolidada en beneficio de las generaciones presentes y futuras". Y su defensa es un imperativo ético, inseparable del respeto de la dignidad de la persona humana". La diversidad cultural "supone el compromiso de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular los derechos de las personas que pertenecen a minorías€". Tal es el hilo que teje la unión entre la defensa de los Derechos Humanos y la Cultura que apellidamos LGTBI.

Cuando hablamos de los derechos de las personas LGTBI hay quien aún piensa en una exigencia extemporánea de supuestos privilegios cuando lo único que se pide, para este sector de la población es el reconocimiento de sus Derechos Humanos que, por definición, son inherentes a toda persona, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición (lo que incluye la orientación afectivo-sexual, la identidad y expresión de género y las características sexuales). Nos referimos a cuestiones tan básicas como el derecho a la vida y a la libertad; a la libertad de opinión y de expresión; a la educación y al trabajo, al matrimonio libre y a la protección de la familia, a la privacidad, la honra y la reputación€. También a los derechos culturales.

Las bases normativas sobre las que se sustentan radican en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobadas por la Asamblea General en 1945 y 1948, respectivamente, así como a los Pactos Internacionales (Derechos Civiles y Políticos, Derechos Económicos, Sociales y Culturales). Tales son los pilares sobre los cuales Naciones Unidas han construido otras normas específicas relacionadas con las mujeres, la infancia, las personas con diversidad funcional, las minorías y otros grupos vulnerabilizados, con la finalidad de protegerles frente a la discriminación que han padecido y, aún padecen, en numerosas sociedades.

Sin embargo, miles de personas se enfrentan a lo largo y ancho de todo el mundo, inclusive en nuestro ámbito más cercano, a situaciones de discriminación, desigualdad y violencia de todo tipo. En ocasiones a torturas, privación de su libertad, o en los casos más extremos a la muerte por ejecución. ¿Los motivos? Sus características sexuales (intersexuales), su identidad o expresión de género (transexuales, transgénero, personas no binarias€), o su orientación afectiva y sexual (lesbianas, gais, bisexuales€).

Y a este nivel, en referencia a estos millones de personas, no encontramos un Tratado internacional vinculante que ofrezca protección alguna, ni siquiera formal. Todo lo más declaraciones y resoluciones, surgidos a partir de los primeros años del siglo XXI. Entre ellas destacan los Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos con relación a la orientación sexual y la identidad de género, más conocidos como los Principios de Yogyakarta, que fueron elaborados a petición de la Alta Comisionada de la NNUU para los Derechos Humanos, la jurista canadiense Louise Arbour, por un grupo de 16 personas expertas en Derecho Internacional, reunidas al efecto en la capital indonesia.

Se presentaron como una carta global para los derechos LGTB en marzo de 2007 ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, con la pretensión de que fueran adoptados como un Tratado internacional por los estados miembros, para que tuvieran validez como instrumento jurídico internacional de obligatorio cumplimiento. Algo que, aún, no se ha conseguido. A los 29 principios originales se han añadido diez nuevos, en noviembre de 2017, actualizando sus contenidos, alcance e, incluso, la terminología. El último de los diez nuevos principios incorporados, el número 38, se refiere expresamente al derecho a practicar, proteger, preservar y apoyar la diversidad cultural. Y textualmente señala que:

"Toda persona, individualmente o en asociación con otras, tiene derecho a expresar la diversidad cultural a través de la creación, producción, difusión, distribución y celebración artísticas, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados", así como "a buscar, recibir, ofrecer y utilizar recursos para estos fines, sin discriminación basada en la orientación sexual, la identidad de género, expresión y características de género". Para ello, los estados han de "garantizar el derecho a practicar, proteger, preservar y apoyar la diversidad de las expresiones culturales de las personas de todas las orientaciones sexuales, identidades de género, expresiones de género y características sexuales sobre la base de igual dignidad y respeto".

Cultura y derechos humanos LGTBI están íntimamente entrelazados. Y por ese motivo Gehitu ha promovido para celebrar el 28J, el día internacional del Orgullo, la difusión pública a través de redes sociales de los Principios de Yogyakarta, la imperiosa necesidad de que sean promulgadas tanto una ley vasca como una estatal que protejan los derechos humanos de las personas LGTBI+, y la promoción de manifestaciones culturales que visibilizan y facilitan ofrecer referentes en la diversidad. Por ello, la última de nuestras publicaciones, se centra en una recopilación de relatos e ilustraciones en la han participado más de un centenar de personas de todo el Estado dedicadas a la creación literaria y artística, bajo el título: Comunidades LGTBI+ y Literatura. Puede descargarse y conseguirse, en su versión impresa, en librerías de todo Euskadi, gratuitamente.

Representante de Gehitu