a ciudadanía vasca está asistiendo de un tiempo a esta parte a un rosario de actuaciones y decisiones judiciales insólitas o de difícil comprensión y basadas en muchos casos en respuestas a iniciativas originadas por impulsos de intereses espurios y ajenos a una cabal administración de justicia. Es el caso de varias resoluciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) presidida por el ya popular magistrado Luis Ángel Garrido. Un ejemplo palmario de ello lo constituye el último auto emitido por este tribunal en el que plantea una cuestión de inconstitucionalidad para que el TC determine si el artículo 6.2 de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi vulnera el “equilibrio” entre las lenguas cooficiales del Estado, esto es, el castellano y el euskera. Este artículo permite a los ayuntamientos vascos utilizar el euskera en su funcionamiento interno -convocatorias, órdenes del día, mociones, votos particulares, acuerdos, actas...-, “siempre que no se lesionen los derechos” de ningún miembro de la entidad local que desconozca la lengua, según señala explícitamente la norma. En su auto, la sala no se limita a elevar la cuestión a la evaluación del Tribunal Constitucional, sino que se permite señalar al TC la orientación que debe tener su fallo, dictando una especie de sentencia de facto mediante una argumentación impregnada de juicios, conclusiones y expresiones inequívocas. Interpretar, como hace el TSJPV, que la ley vasca dota al euskera de una “supremacía exorbitante” (sic), colocándolo en “una posición de primacía que impide la libertad de opción de los hablantes” supone asumir las tesis de Vox -partido que presentó el recurso- y resulta un exceso inaceptable que no está ni en el espíritu ni en la letra de la norma, ni en el normal y natural funcionamiento diario de las administraciones desde hace décadas. En todo caso, son los ciudadanos euskaldunes quienes pueden ver conculcados sus derechos en este ámbito. Nadie que conozca mínimamente este país y analice su realidad con la exigible ecuanimidad puede ver “superioridad” alguna del euskera, sino más bien causas de discriminación. La justicia no puede asumir su instrumentalización por parte de lobbies con intereses económicos o ideológico-políticos ni ser ajena a una equilibrada sensibilidad hacia la diversidad cultural y lingüística de Euskadi.