La entrada en vigor del registro de viajeros implantado por el Gobierno español para todas las personas usuarias de los servicios de hospedaje, agencias de viajes y alquiler de vehículos ha llegado finalmente rodeada de críticas por parte del sector turístico, cuya participación es imprescindible para cumplir con los objetivos definidos por el Ministerio del Interior. Más allá de la anécdota del colapso del sistema durante la mañana de su primer día, la herramienta que en origen define una serie de datos personales que deben recabarse y ponerse a disposición del Ministerio, aún tiene flecos por resolver. El Gobierno español se ha comprometido a elaborar una orden ministerial en los próximos días que permita despejar varias de las preocupaciones del sector: el sobrecoste de la gestión administrativa de los datos, así como el volumen y diversidad de datos que el viajero debe aportar, lo que se considera desincentivador de la demanda. La citada orden debería asegurar que, por parte de las empresas del sector, no haga falta aumentar estructura administrativa para acometer la obtención de datos mediante una concreción de los mismos. En origen, los datos personales que el decreto ley original solicita obtener del usuario –so pena de sanciones de hasta 30.000 euros para los operadores en caso de incumplimiento– tendrían mayor alcance del que se exigía hasta la fecha. Concretamente, hasta 40 datos de registro deberán aportarse según el decreto ley, y la orden ministerial debería servir para reducir su alcance a no más de los 14 que se recogían hasta ayer, fundamentalmente datos procedentes del DNI o pasaporte. El pulso con el sector lo resuelve el Ministerio apelando a los niveles de seguridad que permitirá mantener este sistema, aludiendo al terrorismo internacional y la movilidad de los delincuentes como elementos a filtrar. El problema es que la mera entrada en vigor no garantiza que la totalidad de los operadores estén en disposición –por razones técnicas o limitación de estructuras propias– de responder a un requerimiento que se anuncia sujeto a a futura adaptación. Esto puede conllevar la inseguridad jurídica durante ese período transitorio que no permite garantizar la universalidad del servicio ni que todos los datos recabados desde ayer sean precisos en el futuro. Precipitar la iniciativa no asegura su cumplimiento efectivo.
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