asta el momento, el Ayuntamiento de Lasarte-Oria solo venía celebrando, conforme a la Ley y por delegación del Juzgado de Paz, bodas civiles. Sin embargo, se consideró oportuno ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar otro tipo de ceremonias en otros dos momentos clave en la vida, como son el nacimiento o la muerte.

Por todo ello, se comenzó a tramitar un reglamento para poder celebrar civilmente ceremonias de acogimiento y de despedida. Esta normativa, tras pasar por todos los procesos y plazos administrativos, se ha aprobado de manera definitiva, por lo que ya se pueden llevar a cabo esos dos nuevos actos.

Así las cosas, las solicitudes se presentarán en el Registro General del ayuntamiento, presencialmente o por medios electrónicos, de conformidad con lo que dispone la normativa aplicable y serán dirigidas a la Alcaldía.

Las solicitudes han de presentarse con una antelación mínima de dos meses a la fecha de la celebración propuesta, excepto en el caso, obviamente, del funeral civil. Si se optara por una celebración rápida o íntima, la antelación mínima se reducirá a dos días.

Los lugares que se establecen para llevar a cabo las ceremonias civiles son: para las bodas, la Sala de Vistas, el Salón de Plenos y Villa Mirentxu; para el acogimiento, la Sala de Vistas y Villa Mirentxu; y en el funeral Villa Mirentxu y el cementerio Illarraltzueta.

La Sala de Vistas presta sus servicios de lunes a viernes, mientras que el Salón de Plenos y Villa Mirentxu están abiertos de lunes a sábado. El horario de todo ellos es de 10.00 a 14.00 horas, a excepción de los funerales, que también se podrán celebrar por la tarde.