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Monte Igueldo abre otra vía judicial para mantener el funicular

Pide que se declare nula la orden de 1912 que estableció la concesión de la gestión del tren durante 99 años El Gobierno Vasco ha aplazado su devolución varias veces desde 2011

Monte Igueldo abre otra vía judicial para mantener el funicular

donostia - La Sociedad Monte Igueldo ha decidido abrir una nueva vía judicial para intentar mantener el control del funicular, después de que el Tribunal Supremo rechazara su último recurso contrario a que el tren pasara a ser propiedad del Gobierno Vasco. Más de 100 años después de su creación, el futuro del emblemático tren, declarado monumento histórico, sigue sin estar nada claro.

El conflicto se remonta al acuerdo original del año 1912 entre Monte Igueldo y el Ministerio de Fomento de la época. El funicular fue construido y financiado por la misma empresa que creó el centro de ocio en la cima de Igeldo para facilitar el acceso a sus clientes. Por diversas circunstancias, la fórmula elegida para conceder el permiso de construcción fue la de la concesión administrativa con el plazo máximo previsto en este tipo de fórmula: 99 años. Cumplido ese periodo, el funicular pasaría a ser propiedad de las instituciones responsables en materia ferroviaria, en este caso, el Gobierno Vasco.

Los responsables de Monte Igueldo S.A. defienden que la fórmula de la concesión fue derivada de las circunstancias de la época pero que no se corresponde con la naturaleza del acuerdo, puesto que la obra fue financiada por la empresa y no puede considerarse un servicio de transporte público, ya que su única utilidad es acceder a un centro de ocio privado. Por eso reclaman que se revise la situación para poder mantener la gestión del tren.

tribunales y aplazamientos El plazo de la concesión se completó a finales de 2011 pero el Gobierno Vasco decidió prorrogarla durante dos años más, aunque a finales de 2013 ordenó el fin de la cesión y la reversión del funicular a la Administración autonómica. Entonces, incluso, anunció cuáles serían las claves de un posible concurso público, que obligaría a mantener la estética original del funicular pero que permitiría cambiar los vagones para cumplir las normas de seguridad y accesibilidad, aunque ese concurso no llegó a convocarse.

Monte Igueldo recurrió la devolución del tren en distintas instancias, aunque tanto el Tribunal Superior de Justicia de País Vasco en 2015 como el Tribunal Supremo en octubre de 2017 rechazaron su recurso y confirmaron la titularidad del Gobierno Vasco sobre el funicular, dando por agotaba la vía judicial.

Durante todos estos años, sin embargo, y a la espera de lo que dictaran los tribunales, Lakua ha ido aprobando distintos aplazamientos (el tercero de ellos concluyó el 19 de enero de 2018) para la entrega del funicular, así como permisos para habilitar a Monte Igueldo a seguir gestionándolo como hasta ahora. En 2014 llegó, además, la catalogación del funicular como monumento histórico, lo que obligaba a mantener las características originales del tren en cualquier reforma.

En todos esos aplazamientos el Gobierno Vasco insiste en que se permite a los gestores de Igeldo continuar con la explotación hasta que pueda preparar y sacar a concurso la gestión del funicular aunque, de momento, ese concurso, que también se anunció en 2015, sigue sin convocarse.

Agotada, por lo tanto, la vía judicial en contra de la orden que les obliga a entregar el funicular al Gobierno Vasco, Monte Igueldo ha decidido emprender un nuevo camino y reclamar en los tribunales la nulidad de la Real Orden de 1912 que vinculaba el permiso para el funicular con la citada fórmula de la concesión administrativa durante 99 años. De momento, está por ver qué recorrido tendrá este nuevo camino, aunque la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi se ha pronunciado al respecto y considera que no procede declarar la nulidad. Por un lado, alega que se tenía que haber pedido antes y no una vez que su periodo de validez está extinguido y apunta, también, que del hecho de declarar nula aquella orden no derivarían los derechos subjetivos que reclama Monte Igueldo sobre el funicular.

accesorio al parque Los responsables actuales del parque de atracciones insisten en que les gustaría desbloquear la situación y llegar a algún tipo de acuerdo con el Gobierno Vasco pero, si no lo logran, agotarán la nueva vía judicial abierta. Pilar Pascual, directora de Monte Igueldo, incide en que a pesar de lo que dice la orden original de 1912 con respecto a la concesión, el funicular nunca ha sido un servicio de transporte público, sino que su utilidad se limita a facilitar el acceso de los visitantes al centro de ocio, es decir, a un negocio privado, por lo que no cree que deba ser objeto de una concesión pública ni de una inversión de dinero pública para garantizar su conservación. Además, “sale de una propiedad privada y llega a una propiedad privada”, insiste Pascual.

De todos modos, la responsable de Monte Igueldo, quiere dejar claro que el funicular es una actividad accesoria para el parque de atracciones y no su objeto central. Recuerda, además, que durante muchos años el servicio ha sido deficitario y que entonces Monte Igueldo lo ha asumido, teniendo en cuenta su rentabilidad indirecta para el parque de atracciones. “Entonces nadie se acordaba de él”, afirma Pacual.

De una manera u otra, Pascual apuesta por desbloquear la situación, que considera “muy peculiar”, con prórrogas y ampliaciones temporales de la gestión que no acaban de solucionar el conflicto.

1912. Empieza a funcionar el funicular de Igeldo, que permite a los visitantes acceder desde Ondarreta hasta el centro de ocio. En diciembre el Ministerio de Fomento emite una real orden en la que regula la gestión del funicular con la fórmula de una concesión administrativa de 99 años a Monte Igueldo S.A., tras los cuales revertirá a la administración pública responsable de la red ferroviaria.

2011. Ante la finalización del periodo de la concesión, el Gobierno Vasco (como administración responsable de la red ferroviaria de la Comunidad Autónoma, que gestiona a través de EuskoTren), prorroga el contrato durante dos años más.

2012. El Gobierno Vasco anuncia que prepara un concurso público para gestionar el funicular que requiere obras de adecuación, en las que se exigirá que se mantenga la estética original pero que permite cambiar los vagones para cumplir los requisitos de seguridad y accesibilidad.

Noviembre 2013. El Gobierno Vasco declara la extinción de la concesión y ordena a Monte Igueldo la devolución del funicular a Lakua.

Diciembre 2013. El Gobierno Vasco desestima el recurso de Monte Igueldo contra la reversión, pero aplaza hasta el 19 de enero de 2015 la entrega de los bienes y le habilita para seguir gestionando el funicular hasta entonces.

2014. Monte Igueldo recurre la reversión ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y a final de año solicita un nuevo aplazamiento.

Mayo 2014. El Gobierno Vasco declara el funicular y el parque de atracciones Bien Cultural con la categoría de conjunto monumental, lo que restringe las posibles actuaciones que se puedan realizar en ellos.

Enero 2015. Se aprueba un nuevo aplazamiento de la reversión del tren hasta el 19 de julio de 2016, pero el Gobierno Vasco anuncia que “en unos meses” estará listo el concurso público para gestionar el tren.

Mayo 2015. El TSJPV desestima el recurso de Monte Igueldo y confirma la reversión del funicular al Gobierno Vasco. Monte Igueldo recurre ante el Tribunal Supremo.

Junio 2016. Se aprueba un nuevo aplazamiento de la entrega del funicular hasta el 19 de enero de 2018.

Septiembre 2017. Monte Igueldo pide la nulidad de la Real Orden de 1912.

Octubre de 2017. El Supremo desestima el recurso contra la reversión del funicular presentado por Monte Igueldo y da por agotada la vía judicial con respecto a este punto.