Donostia - La nueva normativa de ocupación de espacios públicos, que recibió ayer la aprobación inicial por parte de la Junta de Gobierno de Donostia, excluye expresamente tanto el top manta como las actividades en las que se use el jabón en la calle, como las populares fiestas de la espuma.
Los artículos de la nueva ordenanza concretan que “queda terminantemente prohibida la venta a pie y la venta con manta”, por lo que no se podrá permitir este tipo de actividad ambulante, que se desarrolla en algunas localidades del entorno especialmente durante los periodos de fiestas. La normativa, que será aprobada por el Pleno y podrá recibir después alegaciones, señala en otro de sus apartados que “en ningún caso se concederá autorización a las ocupaciones que tengan por objeto la realización de pompas de jabón o similares”, por lo que quedan también prohibidas las fiestas de la espuma, muy habituales en numerosas fiestas de los barrios donostiarras, como Martutene, Herrera, Riberas de Loiola, Altza y Gros, entre otros.
El alcalde, Eneko Goia, explicó ayer que la nueva norma que inicia ahora una tramitación de varios meses, consta de 62 artículos y se ocupa tanto de la venta ambulante, como de las ferias, festivales y fiestas que implican la ocupación de las calles, así como de la extensión de la actividad comercial al espacio público, tal y como informaron el pasado lunes los concejales de Espacios Públicos y Comercio, Alfonso Gurpegui y Ernesto Gasco, que ofrecieron los principales detalles de la nueva normativa.
Goia recordó ayer que el nuevo texto ha sido fruto de un “intenso trabajo” entre distintos departamentos y que es una tarea que viene obligada por la directiva de Servicios de la Unión Europea. Asimismo, explicó que en zonas como la Parte Vieja, el Ayuntamiento podrá regular de modo más restrictivo el uso del espacio público. Por el momento, las zonas peatonales tienen condiciones diferentes a las del resto de la ciudad y, por ejemplo, mientras en las aceras los expositores comerciales deberán dejar en todo momento un espacio de dos metros libres para que puedan transitar los viandantes, en el caso de las zonas peatonales, este tramo deberá ser de tres metros y, con autorización especial, de 2,5 metros.
La nueva norma obliga a que el aprovechamiento del suelo para actividades comerciales esté sujeto a una autorización del Ayuntamiento. Estos permisos podrán ser gratuitos, pero también otorgarse como una contraprestación o estar sujetos a una tasa.
hostelería La nueva ordenanza de ocupación del espacio público deja fuera distintas actividades, que disponen ya de sus propias normativas. Por ejemplo, las terrazas de hostelería, los andamios, los carteles y vallas publicitarias, las zanjas y catas así como los actos de campaña electoral, que se rigen por sus propias normativas.