donostia - El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha emitido una sentencia en la que desestima el recurso que fue presentado en abril del pasado año en contra del Plan Especial de Anoeta, aprobado en diciembre de 2015 por el Ayuntamiento de Donostia, que permite la remodelación del estadio, cuyas obras ya han comenzado.
El recurso fue presentado por los abogados Javier Olaverri y Manuel Barrenechea, el primero de ellos exconcejal donostiarra, al igual que Félix Soto, también firmante del recurso. El fallo de la sala segunda de lo Contencioso Administrativo del citado tribunal obliga además a los recurrentes al pago de 1.000 euros por las costas procesales.
El alcalde de Donostia, Eneko Goia, mostró ayer su satisfacción por el rechazo del recurso, lo que aclara el horizonte de la operación de Anoeta, aunque queda aún otra reclamación judicial por responder. “Se trata de un fallo muy positivo en beneficio del interés de la ciudad puesto que, de este modo, se despeja el camino a una obra que ya ha comenzado y que en breve plazo hará realidad la remodelación”, dijo el mandatario donostiarra. “Sin ningún matiz -añadió- la sentencia ratifica que el Ayuntamiento ha hecho bien las cosas y el Plan Especial está bien tramitado y bien aprobado”.
Los distintos argumentos expuestos por quienes presentaron el recurso contra el Plan Especial que justifica la obra de Anoeta no han sido aceptados por el tribunal. No acepta, por ejemplo, que no haya una demanda que justifique la ampliación del recinto deportivo, ni que la desaparición de las pistas de atletismo acarree “daños urbanísticos ciertos”, como defendía el recurso, entre otras cuestiones.
Básicamente, el tribunal analiza los aspectos urbanísticos del Plan Especial y considera que la tramitación del documento se ha llevado a cabo de modo correcto. Asimismo, justifica que sea el Ayuntamietno quien decida si es conveniente o no modificar el edificio de su propiedad.
Por ejemplo, la sentencia recalca que la iniciativa de llevar a cabo el Plan Especial es de la empresa municipal, propietaria del estadio, y entiende que “la Corporación, democráticamente elegida, es la que representa los intereses de la ciudad, y es evidente que el Ayuntamiento ha considerado mayoritariamente que la remodelación del estadio de Anoeta es de interés municipal”. El TSJPV asegura que “en la decisión del planificador, el núcleo de oportunidad no puede ser sustituido por la distinta opinión o voluntad de los particulares”. Según la sentencia, “tratándose de un estadio de propiedad pública, y aunque el club de fútbol sea también beneficiario de la remodelación del estadio, no puede excluirse el interés público de la decisión municipal”.
pistas de atletismo El juez no acepta las críticas del recurso a la desaparición de las pistas de atletismo, uno de los fundamentos de la reclamación de Olaverri, Barrenetxea y Soto. “La parte recurrente no indica qué precepto se vulnera al decidir quitar las pistas de atletismo del estadio de fútbol”, dice el fallo, que añade que la eliminación de esta zona que rodea al campo en la actualidad “no supone la desaparición de las infraestructuras para practicar atletismo en el término municipal”.
Tampoco acepta el tribunal otros argumentos del recurso como, por ejemplo, el que hace alusión a que la obra se considera una reforma y no una gran reparación para, según la reclamación, que la Real satisfaga una parte económica inferior a lo que le correspondería. Para el juez, ese argumento es “ajeno al control de la actuación urbanística”. Además añade que “se trata de acometer obras para remodelar la configuración del estadio y no solo para ampliarlo”.
El fallo judicial también dice que no tiene “elementos suficientes para poder concluir si la remodelación del estadio tiene o puede tener repercusión en la economíoa local”, una de las bases del recurso, que rechaza la obra por considerarla “un despilfarro de dinero público sin justificar”, como ha expuesto el abogado Olaverri en distintas ocasiones.