El Parlamento Vasco decidió el 17-05-‐2013, crear una ponencia para estudiar la posibilidad de crear un Fondo de Compensación para las víctimas del Amianto, en la que participaron todos los estamentos de la sociedad vasca: los Sindicatos de trabajadores, Sindicatos Empresariales, diversas Asociaciones Médicas, Osalan (Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales) y personas especialistas en la materia. Se realizaron un total de 18 comparecencias parlamentarias.

Finalmente, el Pleno del Parlamento Vasco, celebrado el 25-06-2015, aprobó por

unanimidad un proyecto de ley de crear dicho Fondo, y propuso al Congreso de los Diputados, la aprobación del mismo, puesto que el Parlamento Vasco carecía de Competencias para poderlo en vigor.

Desde entonces el Parlamento Vasco ha tenido que registrar dicho proyecto de ley hasta en tres ocasiones, en los años 2016, 2017 y 2019 como consecuencia de los diferentes adelantos electorales. En la segunda y tercera ocasión el proyecto fue tomado en consideración por los Plenos del Congreso de los Diputados celebrados los días 4-10-207 y el 2-05-2019.

En octubre del 2022 por fin se aprobó por parte el Senado, y con su publicación en el

BOE del 19 de octubre concluyó un largo proceso institucional. Pero ahora nos encontramos con el incumplimiento por parte del Gobierno de lo establecido en la propia Ley, la obligación de desarrollar su Reglamento en un periodo de 90 días, que concluían el 20 de enero del 2023.

Y a día de hoy seguimos sin aprobar dicho reglamento, y además con un proyecto del

mismo, por parte del Ministerio, que no mantiene el espíritu de la Ley en lo relativo a las cuantas y el procedimiento a seguir.

Del largo proceso seguido por este Proyecto de Ley se pueden deducir varias cuestiones:

  1. Es inadmisible que después de más de 20 años de la prohibición del uso del amianto en nuestro país, el Estado no asuma su responsabilidad de amparar a las víctimas.
  2. Es evidente la falta de consideración del Gobierno del Estado para con el Parlamento Vasco, cuando además es la primera Ley propuesta por iniciativa del Parlamento en la historia de la democracia.
  3. Es inadmisible la lectura que el Ministerio de Seguridad Social hace de la Ley otorgando unas indemnizaciones que no resuelven el tener que acudir a la vía judicial. Y que, además, supone una discriminación con otros colectivos, como son las víctimas del terrorismo, víctimas del VIH y la Talidomida. Colectivos todos ellos a los que se les otorga como mínimo unas cantidades económicas tres veces superiores a las propuestas a las víctimas del amianto.
  4. Es del todo necesario que el Gobierno en funciones apruebe el Decreto del Reglamento y rectifique los puntos señalados respetando el espíritu de la Ley.

Portavoz de las Asociaciones de víctimas del amianto del Estado