- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró este jueves contraria a Derecho comunitario la jurisprudencia española que permite renovar contratos temporales en el sector público a la espera de procesos selectivos para los que no existe un plazo concreto fijado y también prohibe que estos trabajadores pasen a tener contratos indefinidos no fijos.

El tribunal de Luxemburgo explicó que la normativa española “no parece incluir ninguna medida destinada a prevenir y en su caso sancionar la utilización abusiva de contratos de duración determinada sucesivos”. Además, los jueces europeos señalaron que el paso a un contrato indefinido no fijo podría ser una medida “apta” para sancionar la utilización abusiva de contratos de duración determinada en el sector público.

La Justicia europea respondió así a las cuestiones planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por el caso de una trabajadora que encadenó contratos de duración determinada en el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (Imidra) desde 2003 hasta 2016. Ese año, su plaza fue adjudicada a un trabajador fijo tras un proceso extraordinario de consolidación de empleo.

En el caso vasco, ELA, LAB, CCOO, Satse, Steilas y ESK iniciaron ayer una ronda de reuniones con PNV, EH Bildu y Elkarrekin-Podemos para explicar la “grave” situación del sector público, mientras que hoy tienen previsto mantener encuentros con PSE y PP+C’s, en el día previo en el que saldrán a la calle para manifestarse en las tres capitales vascas.

A petición de los convocantes de la huelga general del sector público del 22 de abril, ayer los representantes sindicales explicaron a PNV, EH Bildu y Elkarrekin Podemos los motivos que les han llevado a impulsar las movilizaciones en el sector público de la CAV, “con más de 120.000 trabajadores subcontratados y una temporalidad del 40% en el ámbito privatizado”.