- El Juzgado de lo Social Nº 4 de Bilbao ha desestimado un recurso de Sidenor Aceros Especiales contra una resolución de la Seguridad Social (INSS) que impuso a la empresa un recargo del 50% en todas las prestaciones destinadas a los familiares de un trabajador fallecido por una enfermedad profesional derivada de su exposición al amianto.

El operario falleció en 2018 y trabajó en la fundición de la planta de Basauri entre los años 1973 y 2009, con exposición directa al amianto hasta el año 2000, según señaló ayer la Asociación de Víctimas de Amianto de Euskadi, Asviamie, quien también comunicó la conclusión de la sentencia.

El fallo ha desestimado el recurso interpuesto contra la resolución que el INSS impuso en febrero de 2019 a Sidenor Industrial SL y Acenor al pago solidario de un recargo del 50% en todas las prestaciones derivadas de la enfermedad profesional o mesotelioma pleural que padeció el trabajador.

Tras ser diagnosticada la enfermedad, el INSS le declaró “afecto de incapacidad absoluta por contingencia profesional”. Fallecido en 2018, una sentencia judicial condenó a Sidenor y Cofivacasa al pago a sus herederos de una indemnización de 315.563 euros en concepto de daños.

En septiembre de 2018, la viuda solicitó imponer a las empresas un recargo del 50%. Dada “la ausencia de medidas preventivas y el reiterado incumplimiento de las normas de seguridad” por la empresa, la Seguridad Social impuso un recargo de las prestaciones del 50% a pagar entre Sidenor y Cofivacasa, resolución que fue recurrida por la primera empresa demandando la inexistencia de recargo o que, subsidiariamente, la cuantía se redujera a un 30%.

El operario fallecido comenzó a trabajar en 1973 en la fundición Echevarria, más tarde Acenor, realizando las artesas y otras operaciones para el revestimiento de los hornos de acería, siendo frecuente el uso del amianto por lo menos hasta el año 2000, según un informe elaborado por Osalan.

Durante su periodo de actividad laboral, Sidenor SA se constituyó integrando Acenor y Forjas de Reinosa, mientras que en 2006 se disolvió Acenor, cediendo sus activos y pasivos a Cofivacasa.

La sentencia, en opinión de Asviamie, resulta “contundente”, ya que Sidenor “no ha realizado el menor esfuerzo en demostrar que adoptó medida alguna orientada a prevenir o evitar el riesgo de la exposición al amianto, desde 1974, en la sección de Acería, y al menos hasta el año 2000”.

Para la asociación, resultan “notorios los reiterados pronunciamientos de esta sede jurisdiccional en relación con la exposición al amianto en la industria pesada durante los años 60 y 70 y existe una indiscutida relación de causalidad entre la exposición al amianto en el trabajo y el fallecimiento”.