- El Gobierno y los agentes sociales acordaron ayer las ayudas que van a tener durante el proceso de desescalada los ERTE por fuerza mayor, que seguirán ligados al estado de alarma hasta el 30 de junio, y pactaron que una comisión tripartita decida después de esa fecha qué sectores podrán mantenerlos.

Tal y como se plasmó en el documento que los órganos directivos de CEOE, CCOO y UGT validaron ayer, se da por hecho que el estado de alarma se prorrogará hasta el 30 de junio.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, aseguró que no se dejará a nadie atrás y que si es necesario se seguirá "acompañando" a los sectores que sigan teniendo dificultades más allá del levantamiento del estado de alarma, una decisión que se tomará en el seno de la comisión de seguimiento.

La norma en la que quedará plasmado este acuerdo se aprobará previsiblemente en el Consejo de Ministros del próximo martes y diferenciará entre el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor total y parcial.

La fuerza mayor total, para las empresas que todavía no puedan reiniciar la actividad, implicará mantener la exoneración del 100% de las cotizaciones para las que tengan menos de 50 trabajadores y el 75% para las de más.

La fuerza mayor parcial supondrá exenciones desde el 30 al 85% dependiendo de las circunstancias, primando la reducción de jornada sobre el mantenimiento de la suspensión.

Las empresas que reinicien la actividad con reducciones de jornada podrá descontarse el 85% de las cuotas de mayo y el 70% de las de junio si tienen menos de 50 trabajadores, y el 60% de las de mayo y el 45% de las de junio si tienen más empleados.

Las empresas que reanuden la actividad pero mantengan a trabajadores en suspenso podrán descontarse el 60% de las cuotas de mayo y el 45% de junio si tienen menos de 50 trabajadores y el 45% de las cuotas de mayo y el 30% de junio si tienen más empleados.

Las ayudas quedan sujetas al compromiso de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad, aún cuando sea de forma parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.

Este compromiso se entenderá incumplido si se despide a cualquier trabajador afectado por ERTE, salvo que sea procedente o se produzca una interrupción del contrato fijo discontinuo o la finalización de un contrato temporal o si la obra o servicio objeto de la contratación no puede realizarse de forma inmediata. De incumplir esta cláusula de salvaguarda del empleo, las empresas deberán abonar las cotizaciones exoneradas, con recargo e intereses de demora.

Quedarán excluidas del compromiso de no despedir las empresas en riesgo de acogerse a concurso de acreedores, al borde de la quiebra

La prestación por desempleo vinculada a los ERTE por fuerza mayor, es decir, sin periodo de carencia y poniendo el contador a cero, resultará aplicable solo hasta el 30 de junio, salvo para los trabajadores fijos discontinuos, que podrán percibir la extraordinaria hasta el 31 de diciembre.

No podrán acogerse a los ERTE por fuerza mayor total empresas que tengan su domicilio fiscal en paraísos fiscales y tampoco se podrán repartir dividendos.