Este lunes dio comienzo la fase 0 de la desescalada, permitiendo la vuelta al trabajo de múltiples comercios. Eso, unido a que el Gobierno español ha descartado reanudar la docencia presencial en los centros escolares, anunciando que hasta septiembre no se reanudarán los cursos ha suscitado una duda: ¿cómo conciliar?

Son muchas las familias que se encuentran en esa situación, ya que sin guarderías, colegios o posibilidad de dejar a los menores con los abuelos las opciones para delegar el cuidado de los más pequeños se reduce a 0. Por eso, en Ministerio de Trabajo ha decretado diversas medidas para favorecer la conciliación de los trabajadores. Establece así en el Real Decreto-ley 15 /2020 que se prorroga tres meses el carácter preferente del trabajo a distancia desde que finalice el estado de alarma.

Por otro lado, el Real Decreto-ley 8 /2020 recoge el derecho de los trabajadores y trabajadoras a la adaptación del horario de trabajo y reducción de la jornada laboral con el objeto de que puedan proceder al cuidado de familiares menores de edad o dependientes en casos en los que esté debidamente justificado.

Podrán acogerse a ese derecho "las personas trabajadoras que acrediten deberes de cuidado del cónyuge o pareja de hecho, y de familiares con hasta 2º grado de consanguinidad de la persona trabajadora".

¿A qué puede referirse el derecho a adaptación de jornada?

  • Cambio de turno,
  • Alteración de horario
  • Horario flexible
  • Jornada partida o continuada
  • Cambio de centro de trabajo
  • Cambio de funciones
  • Cambio en la forma de prestación del trabajo, incluyendo la prestación de trabajo a distancia
  • Cualquier otro cambio de condiciones que estuviera disponible en la empresa o que pudiera implantarse de modo razonable y proporcionado, teniendo en cuenta el carácter temporal y excepcional de las medidas contempladas

Asimismo, en cuanto a las obligaciones del trabajador o trabajadora para acogerse a una reducción de jornada especial: deberá ser comunicada a la empresa con 24 horas de antelación, y podrá alcanzar el cien por cien de la jornada si resultara necesario.Y tendrá que tenerse en cuenta que dicha reducción conllevará una proporcional reducción del salario.

Apertura de centros educativos en la fase 2

Asimismo, el presidente del Gobierno español Pedro Sánchez concretó en una de sus comparecencias en Moncloa tras la reunión del Consejo de Ministros que en la fase 2 del plan de desescalada se permitirá que estudiantes que necesiten clases de refuerzo puedan acudir a los centros educativos, cerrados desde el pasado 16 de marzo por el decreto del estado de alarma. También para los alumnos de Educación Infantil para facilitar la conciliación familiar, cuando ambos progenitores trabajen.