donostia - La reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en la que declara nulo el contrato que realizó el Ayuntamiento de Amurrio con una empresa para que esta colaborara en la inspección y gestión tributaria municipal abre una nueva vía a los empresarios guipuzcoanos que se muestran disconformes con el informe que han recibido de determinados consistorios del territorio histórico, al contar con un nuevo argumento para que se analicen de nuevo los resultados.

Por este motivo, los asesores fiscales de la consultoría Cialt de Donostia Imanol Ansoalde y Miguel Nieto recomiendan a todos los propietarios de compañías que se encuentran en esta situación que acudan a los tribunales para que, en caso de que se produzca una sentencia similar en Gipuzkoa, tengan una posibildad más de ganar el caso.

El cuestionamiento judicial de la contratación a una empresa externa del apoyo a la gestión municipal de los tributos tiene dos vertientes. Según explican Ansoalde y Nieto, por un lado se encuentra la vía emprendida por la Abogacía del Estado y que afecta únicamente a los ayuntamientos que realizaron estos contratos.

En este caso, la consecuencia de la sentencia del TSJPV tiene una influencia directa sobre el Consistorio, ya que al anularse este contrato deberá estudiar ahora cómo gestiona las actas firmadas por un funcionario pero que, en la práctica, la inspección se ha realizado por un técnico ajeno al ámbito municipal.

Un segundo ramal es el que afecta a los contribuyentes, que en este caso son sobre todo empresarios porque los tributos que han sido objeto de estudio son, principalmente, el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto de Construcciones y Obras (ICYO), además de otros conceptos como la tasa de basuras.

Imanol Ansoalde y Miguel Nieto advierten de que existen dos grupos de afectados. Por un lado se encuentran aquellos empresarios que en su día ya recurrieron el acta emitida por algunos ayuntamientos guipuzcoanos al considerar que existían motivos para sospechar sobre su conformidad a la normativa.

Este grupo todavía no ha pagado lo reclamado desde instancias municipales al estar el caso en proceso judicial. La sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin afectar directamente al desarrollo del recurso que han presentado, sí representa un argumento más para inclinar la balanza hacia una resolución favorable a sus intereses, siempre con la precaución de no tener aún una sentencia de estas características en Gipuzkoa, tal y como advierten los consultores de Cialt.

Existe un segundo grupo de contribuyentes que, a pesar de considerar también que existían aspectos cuestionables en el acta levantada por los ayuntamientos de las localidades donde están o estaban asentados, decidió no acudir a los tribunales.

Tanto Ansoalde como Nieto les recomiendan que, a la vista del cambio que se atisba tras el caso del Consistorio de Amurrio, hagan un esfuerzo y recurran estos informes. Aunque la cantidad requerida se encuentra ya abonada, siempre es conveniente que exista un documento legal que acredite la disconformidad del empresario a la espera de comprobar cómo evoluciona esta situación.

protección de datos Los socios de Cialt advierten sobre un posible problema de protección de datos, aspecto sobre el que inciden al considerar que las inspecciones requieren el conocimiento de información empresarial delicada a la que solo deben tener acceso las autoridades municipales y el estamento judicial siempre y cuando lo requiera. En cualquier caso, este tipo de datos no está al alcance de cualquier ciudadano.

Todas las cuestiones relacionadas con la contabilidad, elementos tributarios, facturas, etc. han estado accesibles para personas que no pertenecen a los ayuntamientos. La posesión de esta información por parte de una empresa privada genera dudas que, según indican los abogados, también comparte la sentencia dictada por el TSJPV.

Así, recuerdan que el escrito legal cita textualmente que “la información, no ya del contribuyente en general, sino del sometido a un procedimiento de investigación, no puede confiarse a empresas privadas”. Este argumento ha sido generalmente utilizado por los contribuyentes empresarios que han presentado recursos en Gipuzkoa tras ser inspeccionados por técnicos de compañías ajenas a los consistorios.

Ansoalde y Nieto señalan que en el territorio histórico son muchos los empresarios afectados por este tipo de inspecciones, dada la elevada cantidad de ayuntamientos que, ante su pequeño tamaño y escasa capacidad, optaron por utilizar la vía externa para realizar la gestión tributaria municipal. A todos ellos recomiendan recurrir las actas, ante la posibilidad de ganar el caso.