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"La empresa vasca suele cumplir, aunque siempre hay algún jeta"

"Un señor que tiene una mercería y dos empleados igual no sabe cómo se hacen las cosas, pero tampoco tiene dinero para ir a un sitio a que le asesoren. Entonces, lo hace como puede, copia una carta de despido de Internet...", pone como ejemplo esta abogada laboralista

donostia. Dice la letrada Begoña de Frutos que "la empresa vasca, en relación a otros territorios, suele cumplir bastante las obligaciones laborales, aunque siempre hay algún jeta, como en todos los sitios".

¿Se vulneran más los derechos de los trabajadores a raíz de la crisis?

No creo que se estén vulnerando más. Sí que creo que a raíz de la crisis hay empresas que no tienen dinero y está habiendo más situaciones de insolvencia. Antes, aunque la empresa no pagara porque no tenía liquidez, tenía unos activos y al final la gente terminaba cobrando. Ahora, con la crisis, terminan en un concurso o si es una empresa muy pequeña, en nada.

Dice que algunos empresarios no tienen ni capacidad de asesorarse.

El otro día me dijo un compañero de un sindicato que se estaban encontrando cada vez más en los juicios con que la empresa iba a defenderse sin abogado porque no tenía dinero ni para contratar uno.

Antes te despedían, te pagaban cuarenta y pico días por año trabajado y listo. Ahora esto parece una utopía. ¿Alguien los cobra aún?

Sí hay gente que está cobrando 40 o 45 días. A pesar de que la reforma laboral ha dejado más claras las causas del despido, tampoco es tan diferente a lo que había antes y los jueces siguen exigiendo criterios de razonabilidad. Tiene que haber una causa para que usted se lleve 20 días. Si no, serán 45.

Hablando con algunos trabajadores no da esa impresión.

Lo que puede estar sucediendo es que antes las empresas, si se declaraba nulo el despido, aparte de la indemnización, tenían que pagarte los salarios que corrían. Entonces, muchas no se querían arriesgar, porque igual les salía más caro, y te daban los 45 días desde el minuto uno. Ahora, como no te tienen que pagar esos salarios, se atreven más a ir al juzgado. Además, si tienen poca liquidez, así demoran un poco el momento del pago. Por otro lado, el trabajador, que está viendo otras empresas en situación de insolvencia, prefiere llegar a un acuerdo, aunque sea más bajo, pero cobrar.

¿Han aumentado los litigios para reclamar sueldos, finiquitos...?

Sí, como consecuencia de la crisis hay más dificultades de liquidez y dejan de pagar. Antes mes y medio después del despido podías tener el juicio señalado para celebrar y ahora igual son seis meses porque los juzgados no pueden absorber tanto trabajo y van más lentos.

¿Siempre compensa ir a juicio? Porque hay que pagar al abogado...

A veces no merece la pena. Si una empresa te ofrece un acuerdo razonable o el despido improcedente de los 45 o 33 días, no te merece la pena ir a un juzgado, porque vas a pagar un abogado, vas a cobrar más tarde, cuanto más tiempo pase la empresa tiene más riesgo de insolvencia... Ahora, si la empresa tiene capacidad económica, no crees que las causas sean suficientes para justificar ese despido y lo que te ofrecen como indemnización tampoco te parece que se adecúe a las circunstancias, entonces sí te merece la pena. Al final es sentido común.

Hay a quien le instan a elegir entre trabajar en otra comunidad autónoma o incluso en el extranjero o irse a la calle. ¿Es esto habitual?

No creo. Puede haber sectores puntuales, como empresas que hagan obra civil, que no tengan nada de trabajo aquí y les salga una obra en Brasil. Tengo que elegir si prefiero un despido objetivo con mis 20 días, mi paro y me busco aquí la vida o un trabajo en Brasil.

¿Y si le ofrecen un puesto en otro destino, donde no resulta necesario, solo para deshacerse de él?

En esos casos lo que tiene que hacer el trabajador es no ir y pedir la carta de despido. Cuando das una carta de despido o de traslado hay que fundamentarlo y luego eso se puede impugnar en un juzgado. Los jueces no son tontos. Si me dicen que me quieren llevar allí por un traslado obligatorio y yo sé que no hay trabajo, tengo que impugnarlo.

O sea que no es tan fácil para la empresa utilizar artimañas ¿no?

Yo como abogado de empresa siempre digo: si esta persona sobra de aquí, es mejor hacer un despido objetivo y como medida social decir: te ofrezco esta mejora de la indemnización, si te la puedes permitir, y además una recolocación en Mozambique y si no la quieres, no la quieres. Los atajos son contraproducentes porque si el traslado es inventado, lo va a impugnar el trabajador y lo va a avalar el juez.

A veces se pierden las formas a la hora de comunicar los despidos.

Como hay tanta crisis y muy poco dinero, a veces a las empresas muy pequeñas les hace la gestoría una carta estándar. Si en ella no te dicen las causas ni nada, la llevas al juzgado y vas a ganar seguro porque un despido por causas objetivas por 20 días tiene que estar fundamentado y la causa ser suficiente para justificar el despido. Si lo que me dan es una carta de cinco líneas diciendo que tenemos pocos ingresos y la vida está muy achuchada, pero nada más, en el juzgado el despido se va a declarar improcedente.

¿Ha visto alguna carta de ese tipo?

Una en la que ponía: tenemos poca actividad y aquí un amigo. No les daba ni los 20 días. En ese caso hay que ir al juzgado y te dan la improcedencia sí o sí.

¿Por qué redactan las empresas este tipo de documentos si tienen todas las de perder?

Se puede estar dando por incultura del personal, porque te lo vas a encontrar en el juzgado tres meses más tarde. Luego también puede haber un punto de picaresca. Si cuela, cuela, o igual este no me demanda, pues a ver si le pago más tarde... Pero, en general, creo que es por incultura y falta de capacidad para pagar a alguien que te asesore.