Año tras año los contribuyentes están obligados a cumplir puntualmente con sus deberes fiscales y presentan la Declaración de la Renta dentro de los plazos establecidos para ello. Este año la campaña correspondiente al ejercicio fiscal de 2023 comenzó el 3 de abril y finalizó el 1 de julio.
Se presentaron en el Estado un total de 24.013.000 declaraciones, de las cuales un 67% (16.229.000) salieron a devolver. Estas devoluciones comienzan 48 después del inicio de la campaña, de forma que solo dos días después, el 5 de abril, la Agencia Tributaria ya había efectuado un 78,9% de las devoluciones.
Si la declaración te sale a pagar, Hacienda te cobrará puntualmente el primer 60% en el momento de presentar tu declaración, este año entre el 3 de abril y el 1 de julio, y el segundo plazo, el 40% restante, antes del 5 de noviembre.
Sin embargo, esta puntualidad del contribuyente a la hora de pagar no se corresponde a veces con la celeridad de Hacienda a la hora de devolver, ya que en ocasiones se puede retrasar hasta bien entrado el mes de diciembre.
Cuándo nos va a devolver
Si te ha salido a devolver, y pasan los días y ves que Hacienda no te ingresa el dinero en la cuenta, puedes consultar el estado de la tramitación de tu devolución en el servicio Renta WEB. En primer lugar debes seleccionar Renta 2023 y a continuación Servicio tramitación de borrador /Declaración (Renta WEB).
El sistema te pedirá que te identifiques mediante certificado, DNI electrónico, Cl@ve PIN o la referencia del borrador del año anterior. A partir de ahí, en el apartado Estado de tramitación podrás consultar en qué punto se encuentra el proceso.
En función de la situación del expediente, aparecerá uno de estos tres mensajes: "Su declaración se está tramitando", "Su declaración está siendo comprobada" o "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted".
Una vez que el ente público haya verificado que la declaración es correcta, aparecerá un mensaje indicando la fecha en la que será emitida la devolución.
Cuánto es el máximo a devolver
La cuantía máxima que Hacienda puede devolver es la suma de todas las retenciones, los ingresos a cuenta y los pagos fraccionados realizados en relación con el IRPF durante el año fiscal. En cualquier caso, nunca podrá devolver una cantidad superior a lo que el contribuyente ha pagado o le ha sido retenido durante el ejercicio fiscal.
Cómo se hace la devolución
Por lo general, el contribuyente no debe hacer ninguna gestión especial para recibir este dinero, ya que Hacienda lo ingresará directamente en la cuenta bancaria. Si no tiene cuenta en ninguna entidad, podrá solicitarla mediante un cheque nominativo sin cruzar en el Banco de España.
Multa por no presentar la renta
No presentar a tiempo la declaración de la Renta puede tener graves consecuencias para el contribuyente. No obstante, la sanción dependerá de si le sale a pagar o a devolver.
Están obligadas a presentarla todas aquellas personas cuyos ingresos superen los 22.000 euros y no hacerlo conlleva una multa que puede ir desde los 100 euros hasta el 150% de la cantidad que tendría que pagar a Hacienda.
Plazo de la devolución de Hacienda
Según lo estipulado en el artículo 103 de la Ley del IRPF, si al contribuyente le sale a devolver, la Agencia Tributaria tiene que realizar la devolución "dentro de los seis meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación de la declaración".
Por lo tanto, como este año la campaña terminó el 1 de julio, Hacienda tiene de plazo hasta el próximo 31 de diciembre para reembolsar el dinero correspondiente a la declaración.
Si al finalizar este periodo el contribuyente no ha recibido el importe que le corresponde, desde el 1 de enero Hacienda deberá devolver el dinero con unos intereses de demora diarios del 3,75%.
Ya lo ves, la paciencia del contribuyente tiene un límite y los pagos de Hacienda también. Si la Agencia Tributaria se retrasa más de la cuenta, deberá devolverte lo que es tuyo con intereses.