El capítulo de gatos social es el más importante en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2023 que el Gobierno ha enviado al Congreso. Y dentro de este capítulo el de las pensiones es el más importante con el objetivo de garantizar que los pensionistas no perderán poder adquisitivo en 2023. Por ello ha incluido en los PGE una previsión de subida de alrededor del 8,5% para el año que viene

Esta cifra es todavía una estimación, puesto que la ley contempla que la revalorización se lleve a cabo de acuerdo con la inflación media que se registre entre los meses de diciembre de 2021 y noviembre de 2022. Será a primeros de diciembre, por lo tanto, cuando se cierre el incremento exacto. Aun así, el Gobierno reservará por ahora a ese fin una partida de 190.687 millones de euros, lo cual supone un 11,4% más que el gasto que se presupuestó para este año 2022.

La Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de Garantía del Poder Adquisitivo de las Pensiones y de otras Medidas de Refuerzo de la Sostenibilidad Financiera y Social del Sistema Público de Pensiones, que entró en vigor el 1 de enero y que recuperó la revalorización de las prestaciones con el IPC pasado, no modificó la fórmula de cobro, por lo que los pensionistas seguirán cobrando 14 pagas anuales, incluidas dos extras en junio y diciembre.

Teniendo en cuenta este 8,5% estimado por el Ejecutivo aplicado a las prestaciones existentes en 2022 y recalcando que al finalizar noviembre se establecerá exactamente la inflación (y por tanto la cuantía definitiva) y que podría suponer alguna décima arriba o a bajo, así quedarían las pensiones mínimas anuales para el año que viene, repartidas en 12 mensualidades y 2 extras.

Pensión de jubilación

Jubilación con 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 13.526 euros.
  • Sin cónyuge: 10.962 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.405 euros.

Jubilación con menos de 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 12.682 euros.
  • Sin cónyuge: 10.256 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 9.694 euros.

Pensión por incapacidad permanente

Incapacidad permanente de Gran Invalidez: 

  • Con cónyuge a cargo: 20.290 euros.
  • Sin cónyuge: 16.444 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 15.607 euros.

Incapacidad permanente de Absoluta o total con 65 años cumplidos: 

  • Con cónyuge a cargo: 13.526 euros.
  • Sin cónyuge: 10.962 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.405 euros.

Incapacidad permanente de total entre 60 y 64 años: 

  • Con cónyuge a cargo: 12.682 euros.
  • Sin cónyuge: 10.256 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 9.694 euros.

Incapacidad permanente total por enfermedad común con menos de 60 años: 

  • Con cónyuge a cargo: 8.081 euros.
  • Sin cónyuge: 8.081 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 8.081 euros.

Incapacidad permanente parcial por un accidente de trabajo con 65 años: 

  • Con cónyuge a cargo: 13.526 euros.
  • Sin cónyuge: 10.962 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.405 euros.

Pensión de viudedad

  • Con cargas familiares: 12.682 euros.
  • Con 65 años o una discapacidad del 65 % o más: 10.962 euros.
  • Entre 60 y 64 años: 10.256 euros.
  • Menos de 60 años: 8.305 euros.

Pensión de orfandad

  • Un beneficiario: 3.352 euros.
  • Menor de edad o con discapacidad del 65 % como mínimo: 6.592 euros.

Pensión en favor de familiares

Por beneficiario: 3.352 euros.

Si no hay viuda ni huérfano: 

  • Un beneficiario de 65 años: 8.097 euros.
  • Un beneficiario de menos de 65 años: 7.631 euros.

Pensión máxima

En el caso de las pensiones máximas de la Seguridad Social ascenderían a 42.829 euros anuales, también repartidas en 14 pagas (12 mensualidades y otras 2 extras), en cualquiera de las situaciones.