Madrid - El Ayuntamiento de Madrid, gobernado por el PP, ha prohibido el concierto que tenía previsto ofrecer el próximo sábado el grupo Soziedad Alkoholika en el Palacio de Vistalegre de Madrid, según confirmaron fuentes municipales. La prohibición está motivada en un informe en contra de la celebración del evento efectuado por la Policía Municipal el jueves pasado, con base en el artículo 5 de la Ley de Espectáculos que establece la prohibición de la celebración de actos que “inciten o fomenten a la violencia...”. La prohibición fue notificada por el Ayuntamiento al promotor ese mismo día.

A través de su página web, el grupo vasco calificó de “ridículos” los argumentos que los “censores” han utilizado para cancelar esa actuación. Además, tacharon de “patético” el informe de la Policía Municipal de Madrid y recordaron que hace 13 años se pronunciaron “claramente contra cualquier tipo de violencia para resolver ningún conflicto”.

“Al Gobierno de Madrid no les gusta lo que decimos y cómo lo decimos, lo cual para ellos es una razón de peso para prohibir un cierto y coartar el derecho a la libertad de expresión”, afirmó este grupo, que niega que se podría cometer un delito de enaltecimiento del terrorismo en su actuación y asegura que en 25 años de carrera nunca ha habido altercados en sus conciertos.

La promotora del espectáculo, Producciones Múltiple, afirma que ya se ha puesto en contacto con otros ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que quieran aportar un recinto que reúna las características y condiciones necesarias para la realización del concierto. No obstante, la promotora comunicará hoy el procedimiento para el reembolso de las entradas.

La delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, también se pronunció en contra de la celebración del concierto al solicitar a la fiscalía que estudiase la posibilidad de suspender el citado concierto, porque podría suponer un delito de enaltecimiento del terrorismo.

El Tribunal Supremo confirmó en 2007 la absolución del grupo Soziedad Alkoholika de un delito de enaltecimiento del terrorismo al estimar que sus canciones, “por más repulsa social” que merezcan, tienen cabida “en el legítimo ejercicio de la libertad de expresión” y son “tolerables”.

La Sala de lo Penal del Supremo rechazó así el recurso presentado por la AVT contra la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió en noviembre de 2006 a los cinco integrantes de este grupo musical y a su representante, al estimar que las letras de sus canciones no menosprecian a las víctimas. Sus conciertos han sido prohibidos en algunas ocasiones (Leganés, en 2008; Badajoz, en 2009; y en Salamanca, en 2010), ante las protestas de la AVT y otros colectivos. - Efe