Las personas trans o no binarias podrán utilizar su nombre sentido en los documentos de la UPV/EHU. El Consejo de Gobierno de la universidad pública vasca aprobó el pasado martes el protocolo que regula el cambio de nombre cuando este no coincida con el legal, al que podrá acogerse cualquier persona que integre la comunidad universitaria: alumnado, personal docente e investigador y personal de administración y servicios.

"Una de las cuestiones que más sufrimiento puede producir a aquellas personas que quieren vivir con una identidad sentida y que les ha sido negada es tener que seguir sosteniendo que se les denomine con el nombre que no consideran propio. Reconocer el nombre sentido de las personas que inician su transición a la identidad que consideran como propia no es sólo una cuestión de respeto, sino que debemos enmarcarlo en los derechos que toda persona tiene para ser, manifestarse y vivir como realmente desee". Ese es el párrafo introductorio del protocolo para el cambio de nombre de las personas trans y no binarias en la UPV/EHU, aprobado el pasado martes por el Consejo de Gobierno en línea con su compromiso con la consecución de la igualdad y la no discriminación por razones de sexo o género.

El protocolo regula el procedimiento para garantizar el derecho de las personas trans o no binarias a ser identificadas en los documentos administrativos internos con el nombre sentido como propio, cuando este no coincida con el nombre legal consignado en el Registro Civil, mientras no se haya procedido a la rectificación del nombre y/o sexo en dicho registro.

Podrá acogerse al protocolo cualquier persona que integre la comunidad universitaria: alumnado, personal docente e investigador y personal de administración y servicios; así mismo, todas las personas que trabajen o estudien en la UPV/EHU tendrán la obligación de llamar a las personas trans o no binarias por su nombre sentido.

Las solicitudes para utilizar en el ámbito interno de la universidad de un nombre acorde con su identidad (nombre sentido), distinto del nombre que figura en su documentación oficial, deberán dirigirse a la Dirección para la Igualdad de la UPV. Una vez autorizada la solicitud, en un plazo máximo de 7 días, la dirección se dirigirá a los órganos competentes de la gestión de la documentación administrativa y electrónica para que procedan al cambio de nombre en registros como la cuenta de correo electrónico, las tarjetas universitarias, las listas de clase y actas de calificación y censos electorales, entre otras.

El cambio deberá estar listo en 30 días como máximo. Sin embargo, en los documentos oficiales, como certificados o títulos, que expida la Universidad constará el que figure en el Registro Civil.

En opinión del secretario general, Aitor Zurimendi, "junto a la simplificación del procedimiento administrativo, este protocolo va a contribuir a un objetivo mucho más relevante: la confirmación de un tratamiento normalizado y abierto de la diversidad y de la pluralidad en el seno de nuestra comunidad universitaria".