Se han incorporado cuatro modificaciones que afectarán a aquellos municipios que tengan una tasa de Incidencia acumulada en 14 días superior a 400 por cada 100.000 habitantes.

  • Cierre municipal perimetral, permitiendo el tránsito a municipio colindante para la realización de compras y la práctica de actividad física al aire libre.
  • Cierre perimetral del Territorio Histórico si, en el conjunto del mismo, se supera esa Tasa de 400 por 100.000 habitantes.
  • El horario de los establecimientos de hostelería y restauración de estas localidades reducirá su atención al público en interiores de 06:30h a 9:30h.; y de 13:00h a 16:30h. Los locales de juego y apuestas sólo podrán prestar en su interior servicios de hostelería en las mismas franjas.
  • Práctica de actividad deportiva en interior no profesional ni federada: agrupaciones de máximo 4 personas.
  • Cierre de vestuarios y duchas en instalaciones deportivas, salvo en piscinas, donde se permite su uso con un 35% de su aforo máximo y la utilización individual de duchas.

Además de estas medidas que dependerán de la incidencia, hay una medida de aplicación general:

  • Entre el 26 de marzo y el 9 de abril, la permanencia de grupos de personas en espacios privados se limitará a convivientes.