- Los vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes, son considerados desde ayer vehículos “a todos sus efectos” y no pueden circular por las aceras, según señaló la Dirección General de Tráfico (DGT) en un comunicado.

Así, sus conductores estarán sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o de cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.

Asimismo, tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. Estas novedades se deben a la entrada en vigor ayer del Real Decreto que modifica el Reglamento General de Vehículos y el Reglamento General de circulación, que se aprobaron en el Consejo de Ministros el pasado 10 de noviembre.

Según recordó la DGT, se considera vehículo de movilidad personal aquel que tiene una o más ruedas y está dotado de una única plaza y se propulsa exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño que oscila entre los 6 y los 25 kilómetros por hora.

Para evitar la puesta en circulación de cualquier artefacto en las vías públicas, los vehículos de movilidad personal deben disponer del correspondiente certificado de circulación que acredite que el vehículo cumple con los requisitos técnicos de aplicación conforme a la normativa técnica nacional e internacional.

Además, la DGT también apuntó que los nuevos límites de velocidad en vías urbanas entrarán en vigor en el mes de mayo. Así, se limitará a 20 kilómetros por hora la velocidad en vías que dispongan de una plataforma única de calzada y acera, a 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y a 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.