Las personas que salgan de Euskadi entre los próximos días 23 y el 26 de diciembre, y entre el 31 diciembre y el 1 de enero, con destino a residencias de familiares y de personas allegadas para pasar las fiestas de Navidad, podrán volver a sus domicilios cuando lo necesiten y, por tanto, no están obligados a hacerlo durante esas jornadas.

Esta es una de las aclaraciones que ha realizado el Gobierno vasco a las medidas restrictivas de cara a las fiestas navideñas recogidas en el decreto del Lehendakari, Iñigo Urkullu, que ha sido publicado este miércoles en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

En respuesta a las preguntas de la ciudadanía, el Ejecutivo ha explicado que persiste la limitación de entrada y salida de personas en Euskadi, salvo entre los días 23 y 26 y entre el 31 de diciembre y el 1 de enero, para aquellos desplazamientos a residencias de familiares y personas allegadas fuera de la Comunidad Autónoma, "siempre que se cumplan los límites a la permanencia de grupos de personas aplicables" en el lugar de destino.

En todo caso, estos desplazamientos deben justificarse y, para ello, el Gobierno vasco dispone de un documento que ofrece un modelo de declaración responsable que puede utilizarse para acreditar el motivo de la movilidad. El Ejecutivo subraya que no está autorizada la salida de Euskadi para disfrutar de vacaciones.

Las personas residentes en Euskadi pueden volver a su residencia habitual cuando lo necesiten. También aquellas personas que vivan fuera de la Comunidad Autónoma y acudan a Euskadi a visitar a familiares o personas allegadas, deben entrar entre el 23 y 26 de diciembre o entre el 31 de diciembre y 1 de enero, pero pueden regresar a sus residencias habituales cuando lo necesiten.

MOVILIDAD ENTRE TERRITORIOS

El Gobierno vasco también ha aclarado que, desde esta próxima medianoche, se permite la movilidad en toda la Comunidad Autónoma Vasca, cuando hasta hoy solo se podía dentro del territorio histórico de residencia y entre municipios colindantes de los territorios.

No se podrá acceder a la localidad vecina si se encuentra en otra comunidad, ya que está restringida la salida de Euskadi, salvo en las excepciones. Se mantiene la prohibición de viajar a segundas viviendas si se encuentran fuera del País Vasco.

CIRCULACION DE PERSONAS

Asimismo, sigue vigente la limitación de circulación de las personas en horario nocturno a partir de las 22.00 horas, también los días 24 y 31 de diciembre.

No obstante, estos dos días se amplía el horario hasta las 00.30 horas solo para regresar al domicilio. En ningún caso se puede recurrir a esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales. Aunque la limitación de la libertad de circulación se establece en las 22.00 horas, el transporte público terminará a las 23.00 horas.