- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) no avaló ayer la prohibición de reuniones de más de seis personas, una de las medidas que incluía la orden del Gobierno Vasco para limitar la vida social con el fin de frenar la expansión del COVID-19, al entender que vulnera derechos fundamentales. Curiosamente, también ayer el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ratificó todas las medidas propuestas por el Gobierno navarro, entre ellas la de limitar las reuniones de más de seis personas. En Burgos, Extremadura o Madrid, los tribunales han seguido el mismo camino que el de Navarra.

El auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV resolvió no autorizar la citada prohibición de reunirse más de seis personas porque una comunidad autónoma no puede limitar un derecho fundamental, en este caso el de reunión, en contra del argumento defendido en su informe por la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma, cuando consideró que la prohibición de grupos de más de seis personas “es proporcional y acorde” a la necesidad de impedir la expansión del virus.

El lehendakari, Iñigo Urkullu, dijo ayer a través de las redes sociales que “respeta y acata, pero no comparte en absoluto” la decisión del TSJPV de no avalar la prohibición de reuniones de más de seis personas, y consideró que el auto del tribunal cierra las puertas “a cualquier medida que no pase por la decisión previa de declarar el estado de alarma”. En la misma línea que el lehendakari se expresó Gotzone Sagardui, la consejera de Salud, quien indicó que era “necesario” limitar las reuniones de personas.

El tribunal estableció un plazo de cinco días para la interposición de recurso de reposición ante la misma Sala, por lo que el Gobierno Vasco podría volver a argumentar la necesidad de esa prohibición.

El Departamento de Salud había solicitado la autorización del TSJPV, previa a su entrada en vigor, de esa limitación a la participación en reuniones de un número superior a seis personas, que tengan lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de las personas convivientes.

El auto no entra a discutir sobre el resto de limitaciones de la orden del Departamento de Salud, como la reducción de aforos al 50 % en ámbitos como la hostelería (salvo terrazas), los eventos culturales y los religiosos. También prevé el cierre en restaurantes y bares a las 00.00, una hora antes que en la limitación fijada hasta ahora -aunque en los municipios con tasas de incidencia superiores a 500 se deberán cerrar ya a las 21.00 horas-, prohíbe la actividad en txokos y sociedades, y limita el aforo de los eventos a 400 personas en espacios interiores y de 600 en exteriores, además de obligar a cerrar parques y jardines a las 23.00, donde se da la misma situación que en los bares, ya que las localidades más afectadas deberán cerrar esas zonas dos horas antes.

En Navarra, por su parte, el Tribunal Superior de Justicia ratificó ayer la orden foral que restringe la entrada y salida de la comunidad y ordena el cierre total de la hostelería y restauración, al tiempo que exigió al Ejecutivo que presente en siete días un informe sobre la efectividad de las medidas. El auto advierte, para futuras decisiones, de que las medidas deberán ser presentadas por el Gobierno para su autorización previa, no para su ratificación posterior.

Ayer entraron en vigor las nuevas medidas implantadas para frenar la expansión del COVID-19 y que incluyen la limitación de movimientos al perímetro de la Comunidad foral, con excepciones de tipo sanitario, laboral, docente y de fuerza mayor. Las limitaciones que, al menos se mantendrán hasta el 4 de noviembre, incluyen el cierre total de establecimientos de hostelería y restauración, el adelanto a las 21.00 horas del cierre de comercios y espacios de servicios y de ocio y limita a seis personas el máximo en las reuniones en el ámbito público y privado, excepto convivientes.