- La Fiscalía pidió ayer al Tribunal Supremo que no admita a trámite las más de 20 querellas interpuestas a lo largo del estado de alarma contra el Gobierno de Pedro Sánchez por la gestión de la pandemia, al considerar que no se puede abrir una causa general contra el Ejecutivo. En un informe de 300 páginas, el teniente fiscal del Supremo, Luis Navajas, aborda las 20 querellas interpuestas contra los miembros del Ejecutivo de forma individualizada.

Las querellas se dirigen en algunos casos contra el Gobierno al completo y en otros contra el presidente, Pedro Sánchez, el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, o los ministros de Sanidad e Interior, Salvador Illa y Fernando Grande-Marlaska, por delitos como homicidio y lesiones imprudentes, prevaricación administrativa, contra la seguridad de los trabajadores o desobediencia. Y aunque no ofrece una visión global de todas las querellas, sí que advierte en cinco de ellas que no se puede abrir una causa general contra el Gobierno o un ministro cualquiera.

Del mismo modo que asegura que “resulta contrario a las reglas de la lógica y la sana crítica pensar que el conjunto de administraciones que integran la Administración pública española, a pesar de su distinto signo ideológico y político, y de los distintos intereses en juego, obraron, sin excepción, de modo poco diligente, atendido el estado de la ciencia y la técnica existentes con anterioridad al 14 de marzo”. “Resultando aún más absurdo -continúa- pensar que no solo la totalidad de las administraciones públicas españolas se mostraron negligentes en la gestión de la crisis del COVID-19, sino también las administraciones competentes en materia sanitaria pertenecientes al resto de países de nuestro entorno cultural”.

Ya entrando en el caso concreto, una de las más mediáticas es la de Vox, que rechaza porque “resulta palmario que mientras que los hechos en ella relatados no resultan constitutivos de ilícito penal, y además no se fundamentan, más allá de las meras manifestaciones o elucubraciones del denunciante, en principio de prueba alguno que justifique la incoación de un procedimiento penal”. Es más, tacha la querella de “genérica” ya que “no se determina ni cuándo se han producido los hechos, ni quiénes son los sujetos pasivos de los delitos atribuidos, ni cuántos y cuáles son los homicidios y lesiones imprudentes” como tampoco en qué centros de trabajo se ha producido la falta de medidas.

El fiscal tampoco ve indicios de delito en los hechos relatados por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) en la querella que interpuso contra Illa, por un delito contra la seguridad de los trabajadores, donde pedía investigar las gestiones para la adquisición de material de protección. La Fiscalía sostiene que CESM atribuye al ministro responsabilidad criminal “a todas luces difusa y genérica” y no por su “concreta intervención” en los hechos, sino “en atención” a su cargo, y concluye que la querella “no aporta principio de prueba bastante para justificar otra decisión distinta a su archivo”. Mismo criterio sigue la Fiscalía con la querella que el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España interpuso contra Sánchez e Illa, donde les reprochan “falta de previsión” y de medidas para proteger a los trabajadores sanitarios.

Ahora, la Sala de lo Penal del Supremo debe decidir si sigue el criterio de la Fiscalía y rechaza las querellas o, en cambio, inicia una investigación.