nte una situación excepcional como la que vive el sistema judicial, se acaban tomando decisiones excepcionales que no cuentan precisamente con el beneplácito de los profesionales. Así ha ocurrido con el Decreto que declara hábil para todas las actuaciones judiciales los días 11 al 31 de agosto, un mes que la propia ley reconoce inhábil. Desde que recibieron el primer borrador, en el Colegio de Abogados de Gipuzkoa se han opuesto frontalmente a esta medida “por ineficaz para el fin pretendido”.

La judicatura tampoco comparte el contenido del decreto, que a su entender no aporta solución alguna. “No se trata de que nos vayan a quitar vacaciones a los trabajadores de la Administración de justicia. La cuestión es que si no las tomamos en agosto, como era la regla general hasta ahora -volviendo a partir de septiembre al 100%-, lo haremos en otro momento, con lo cual se va a prolongar el problema”. El magistrado Augusto Maeso va más allá, teniendo en cuenta las dificultades añadidas durante un mes complicado. “Celebrar juicios en agosto es prácticamente imposible porque muchas personas están de vacaciones. Así nos lo ha enseñado la experiencia”, asegura, consciente de la extrema dificultad que entraña citar en plena época estival a peritos, abogados, acusados o testigos.

La actividad judicial sale adelante con el trabajo y la colaboración que le toca a cada uno en función de su intervención: magistrados, jueces, fiscales, letrados de Administración de Justicia, médicos forenses, funcionarios, peritos, procuradores, abogados y justiciables.

Frente a este largo listado, el Colegio de Abogados censura que el Decreto “inaceptablemente ha impuesto exclusivamente un régimen laboral de permanencia de la abogacía”, prescindiendo de hacerlo a los restantes intervinientes en la actividad judicial. “La medida es un error y además será ineficaz. Con esta claridad se ha manifestado el presidente de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa Iñaki Subijana. Compartimos con él la experiencia de que las actividades judiciales en agosto, que no sean propias de una gestión judicial interna, tienen mucha dificultad para celebrarse, porque se producen muchas suspensiones, porque no se han podido llevar a cabo citaciones, por ausencias o incomparecencias no caprichosas que normalmente suelen responder a disfrutar del derecho de las vacaciones indistintamente colectivas o voluntarias, además de ser un tiempo de necesaria conciliación familiar, de la que el Ministro quiere privar a la Abogacía”. Lourdes Maiztegi entiende que este cambio en el sistema de funcionamiento “no puede venir justificado de ninguna manera”, incluso a pesar de que la medida se tome sin contemplar la celebración de vistas.