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Eroski, multada por la difusión del vídeo del hurto de Cifuentes

La cadena recurrirá la sanción de 150.000 euros impuesta por la Agencia de Protección de Datos

Eroski, multada por la difusión del vídeo del hurto de CifuentesFoto: D.N.

Donostia - La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha condenado a la cadena de supermercados Eroski a pagar una multa de 150.000 euros por la difusión en abril de 2018 de un vídeo, procedente de las cámaras de seguridad, que mostraba a la expresidenta regional Cristina Cifuentes junto a un vigilante de seguridad tras sustraer presuntamente dos tarros de cremas.

Así consta en una resolución, en la que se le impone la citada multa por vulnerar el artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

El vídeo que mostraba el hurto de productos cosméticos y que fue grabado en 2011 fue el detonante de la dimisión en abril de 2018 de Cristina Cifuentes, en un momento en el que se cuestionaba la legalidad de su título de máster en el Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) en el curso 2011-2012. La expresidenta de la Comunidad de Madrid se sentará en el banquillo por la presunta falsificación del acta de esos estudios.

La Fiscalía de Madrid solicita tres años y tres meses de prisión para Cristina Cifuentes por un delito de falsedad en documento oficial. La consideran inductora de la falsificación de un acta “a sabiendas” de que acreditaba una defensa de trabajo de fin de máster (TFM) “que jamás se produjo” y que exhibió en varios medios y redes sociales “para evitar las nefastas consecuencias políticas a las que debería enfrentarse”.

La directora de la AEPD, Mar España, acordó el 25 de abril de 2018 iniciar las actuaciones de investigación en relación con la publicación ese mismo día, “en diferentes medios de comunicación, de imágenes procedentes de las grabaciones registradas por el sistema de videovigilancia instalado en un establecimiento comercial de la cadena de supermercados Eroski”. La resolución identifica a Castellana Seguridad SA como la empresa que se encargaba de la seguridad del establecimiento.

La Agencia Española de Protección de Datos subraya que “varios elementos se suman en las faltas de las medidas de seguridad cobrando especial relevancia la falta de medidas en cuanto al tratamiento de datos plasmada en un documento de seguridad y el conocimiento y asignación de claves de usuario establecidas”.

La resolución acuerda imponer a la entidad Cecosa Hipermercados, SL, una multa de 100.000 euros por una infracción del artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, tipificada como grave. Asimismo, resuelve imponer a la misma entidad “una multa de 50.000 euros” por una infracción también tipificada como grave.

Poco después de conocerse la resolución de Protección de Datos, Eroski anunció que recurrirá la sanción y defiende que cumplió “escrupulosamente” su protocolo de seguridad. En un comunicado hecho público ayer, la empresa vasca de distribución insiste en que cumplió “escrupulosamente” su protocolo de seguridad “conforme al marco legislativo vigente en 2011”.

Además, recuerda que el servicio de videovigilancia del establecimiento estaba subcontratado con un tercero “con acceso autorizado a las grabaciones, en virtud del contrato de prestación de servicios que regulaba la relación como encargado de tratamiento de los datos”. - N.G.