14 años y 4 meses de cárcel por violar y maltratar a su esposa y vejar a un hijo
Además de la pena de prisión, el inculpado ha sido condenado a 50 días de localización permanente, una indemnización de 25.000 euros para su exmujer y otra de 2.000 euros para su hijo
Un hombre ha sido condenado a penas que suman catorce años y cuatro meses de cárcel por violar en una ocasión y maltratar habitualmente a su esposa a lo largo de su matrimonio, así como por vejar a uno de sus dos hijos durante la convivencia familiar, entre los años 1988 y 2021, en un domicilio de Donostia.
El varón ha sido considerado autor de un delito de agresión sexual, de dos delitos de maltrato habitual, de un delito de maltrato no habitual y de dos delitos de vejaciones injustas por la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, donde este viernes se le ha comunicado estas penas en una sesión convocada para dar a conocer la sentencia a las partes.
Además de la citada condena a prisión, el tribunal también le ha impuesto, entre otras penas accesorias, 50 días de localización permanente, una indemnización de 25.000 euros para su exmujer y otra de 2.000 euros para su hijo como compensación por los daños sufridos.
Empujones y golpes
Según recogen los hechos probados de la sentencia, el inculpado "propinó empujones y golpes" durante la relación de pareja a su mujer "de manera continuada, sistemática y persistente" con el fin de "imponer su voluntad recurriendo a una posición de dominio y abuso de poder".
Asimismo, el procesado la agarró del cuello, le tiró del pelo, controló sus movimientos y le preguntaba de forma inquisitiva sobre las cosas que había hecho durante su día, "con quién había estado y dónde había ido".
Además, "con ánimo de atemorizarla, arrojaba objetos al suelo o los lanzaba, daba golpes en el mobiliario y, con intención de menoscabar su dignidad", le profería insultos y expresiones vejatorias.
El fatídico día
En concreto, el escrito judicial refiere un incidente ocurrido en el dormitorio de la pareja, "un día indeterminado de los años 2016 o 2017", cuando ante la negativa de ella a tener relaciones sexuales, el varón, "actuando en contra de la voluntad" de la víctima, la violó.
En otra oportunidad, otro día indeterminado de 2018, el inculpado agarró del pelo y arrastró a la perjudicada "desde el dormitorio hasta el salón, lanzándola sobre el sillón" y en una nueva ocasión, ese mismo año, "la agarró del cuello y se lo apretó" durante una discusión.
En paralelo, a lo largo de la convivencia familiar, el hombre se dirigió con distintas expresiones denigrantes hacia uno de sus dos hijos, diagnosticado desde 2012 de un trastorno de inestabilidad emocional con una discapacidad del 65%, y al que le reprochaba que no servía para nada y le amenazaba con echarlo de casa.
Libertad provisional
Tras comunicar los términos de la condena al encausado, la sala ha celebrado una nueva sesión para pronunciarse sobre la situación del hombre, ya que la sentencia aún no es firme y puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
En este contexto, tanto la Fiscalía como la acusación particular, que ejerce la víctima, han solicitado el ingreso del varón en prisión provisional ante el riesgo de fuga que a su entender existe en este caso, mientras que la defensa ha pedido que se mantenga a su cliente en situación de libertad provisional con la adopción de medidas cautelares que garanticen su disponibilidad ante la justicia.
Finalmente, el tribunal ha optado por mantener al condenado en libertad, prohibiéndole abandonar el país y con las condiciones de que entregue su pasaporte, comparezca en la Audiencia todos los viernes, respete la orden de alejamiento y no comunicación con la víctima, y de que porte una pulsera de control.
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