Un jurado popular ha declarado este jueves, por unanimidad, culpable de dar muerte violenta y de forma intencionada con un líquido desatascador al anciano al que cuidaba, en agosto de 2020 en Logroño.

La portavoz del jurado, reunido desde el pasado martes, ha leído el veredicto en la Audiencia Provincial de Logroño, en una sesión a la que ha asistido el acusado, de 46 años.

El fiscal ha ratificado su petición de pena de 23 años de prisión y 10 de libertad vigilada por un delito de asesinato con alevosía; ha solicitado una indemnización de 300.000 euros para los herederos de la víctima, así como que quede sin efecto el testamento a favor del acusado.

También ha pedido al magistrado una comparecencia para valorar la situación personal del imputado, quien se encuentra en libertad.

Por su parte, la defensa, que pedía la absolución al entender que se trataba de un suicidio, se ha opuesto a la pena solicitada por el fiscal, y ha manifestado que la indemnización solicitada no se corresponde con una valoración aceptada, por lo que ha anunciado su voluntad de apelar la futura sentencia.

El jurado ha señalado que el acusado dio a la víctima, de 84 años, un medicamento ligeramente superior al tratamiento terapéutico para producirle somnolencia la noche del 4 al 5 de agosto de 2020 y, después, le hizo ingerir parte de un producto desatascador que había comprado por la mañana.

Por ello, el anciano tenía los reflejos disminuidos y no pudo defenderse, como constata que no se hayan objetivado signos de lucha.

Según el jurado, el hecho de que la víctima no tuviera ni llagas ni quemaduras en la boca indica que se produjo una única ingesta del líquido desatacador cuando tenía los reflejos disminuidos, lo que le provocó, según la autopsia, una perforación gástrica al tomar un producto químico, que derivó en un daño multiorgánico, tras lo que falleció unas horas después.

Ausencia de indicios suicidas

También, de acuerdo con los testimonios de los testigos, el jurado ha señalado que, cuando llegaron los servicios de emergencia, el acusado no estaba preocupado por la salud de la víctima y entregó a los agentes unos manuscritos que había encontrado en los que el anciano se despedía.

Según el jurado, las expresiones escritas en los manuscritos no correspondían con las de una persona castellanoparlante ni con la forma habitual de hablar del anciano, según el sobrino de la víctima.

El único que obtenía un beneficio económico con la muerte de la víctima, ha señalado el jurado, era el acusado, de nacionalidad rumana, ya que el anciano había acudido al notario con el procesado para incluirle en su testamento a condición de que le cuidase unos días antes del deceso.

A ello ha sumado que ha quedado probada la ausencia de indicios suicidas por parte de la víctima.

El juicio, que se ha celebrado entre el 4 y el 11 de marzo últimos, ha quedado visto para sentencia.