El tribunal del jurado que ha juzgado desde el lunes el caso del ciudadano magrebí acusado de colarse sin autorización en la vivienda de su exesposa en Donostia, a pesar de tener una orden de alejamiento, ha considerado este miércoles al hombre culpable de estos hechos.

En concreto, el jurado, que ha emitido este miércoles su veredicto de culpabilidad en la Audiencia de Gipuzkoa, ha responsabilizado al acusado de allanamiento de morada, de coacciones en el ámbito de la violencia de género y de quebrantar una medida cautelar.

Los miembros del tribunal no han admitido las atenuantes de padecer un trastorno delirante y de haber reconocido los hechos que había reclamado la defensa del inculpado durante el juicio.

Veredicto

Durante la lectura del veredicto por parte del portavoz del jurado, el encausado ha manifestado en varias ocasiones su disconformidad y ha pedido ser sacado de la sala porque no quería escuchar "calumnias", tras lo que ha sido reconvenido por la magistrada presidente para que continuara siguiendo la sesión en silencio.

Según mantuvo la fiscal en la vista oral, los hechos sucedieron en agosto de 2021, cuando el hombre accedió al domicilio de su exmujer, sobre las 10.00 horas, "a través del balcón de la vivienda" cuya puerta se encontraba en posición "batiente".

Orden de alejamiento

El hombre actuó "sin el conocimiento expreso ni tácito" de la perjudicada y a sabiendas de la existencia de un auto que le prohibía comunicarse con su expareja y aproximarse tanto a ella como a su domicilio o a "cualquier otro lugar" en el que se encontrara.

Una vez en el interior del piso, "hizo caso omiso" de las peticiones de la víctima para que se marchara, tras lo que le agarró la mano y se la apartó para evitar que llamara a la Policía por teléfono, tras lo que finalmente huyó "por el balcón" cuando la mujer "accionó el botón" del dispositivo de "urgencia" del que disponía.

Un coche patrulla sale de la Audiencia de Gipuzkoa Unanue/E.P.

En su veredicto, los miembros del jurado han considerado probados todos estos hechos y se han mostrado desfavorables a que se suspenda la condena del inculpado y contrarios a que se solicite la aplicación de un indulto para este hombre.

Tras la lectura de la decisión del jurado, la magistrada presidente del tribunal ha convocado una vistilla en la que las partes han adecuado sus peticiones de condena a los delitos declarados probados.

La Fiscalía ha pedido tres años

De esta manera, la Fiscalía ha reclamado la imposición de tres años de cárcel al procesado, mientras que la acusación particular ha elevado su petición hasta los cuatros de prisión. La defensa, por su parte, ha reclamado la imposición de la condena mínima por ambos delitos.

En el ejercicio de su derecho a decir la última palabra, el acusado ha mantenido que los delitos por los que ha sido condenado son "inexistentes" y ha recalcado que accedió a la vivienda de su exmujer porque la escuchó "llorar" desde el exterior. Seguidamente, el juicio ha quedado visto para sentencia.

Reincidente

El acusado, de origen tunecino, ya había sido condenado previamente en otra oportunidad por maltratar a su exmujer, a la que dejó abandonada en un piso de Donostia con dos grandes perros, y por valerse de la enfermedad mental que padecía la víctima para enriquecerse con sus bienes.

La Audiencia de Gipuzkoa le impuso inicialmente siete años de cárcel por estos hechos, pero posteriormente el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) elevó su condena hasta los diez años y ocho meses de prisión en una nueva sentencia que el encausado ya ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo.

Sede del TSJPV. EP

Entre otras causas pendientes, este hombre también tiene abierto un procedimiento judicial acusado de haber agredido a su abogado de oficio al que presuntamente dio un tortazo el 17 de junio de 2022 en una calle de Donostia.