Un hombre y una mujer serán juzgados desde el lunes en la Audiencia de Gipuzkoa acusados de defraudar más de 700.000 euros a la Seguridad Social mediante la descapitalización de nueve empresas para evitar embargos por sus deudas con este organismo publico. Cada uno de los dos procesados, un hombre y una mujer, se enfrenta a una petición de cinco años de prisión y a una multa de 3.609.559 euros como presuntos autores de un delito contra la Seguridad Social. La vista oral se celebrará en cuatro sesiones, hasta el próximo jueves, en la Sección Primera de la Audiencia Provincial.

Según recoge el escrito de acusación provisional de la Fiscalía, al que ha tenido acceso EFE, los inculpados ejercieron la administración "conjunta" de las sociedades entre 2008 y 2012 mediante "un grupo contable horizontal coordinado". El texto del Ministerio Público aclara que, en este contexto, los procesados habrían descapitalizado las compañías "con el fin de evitar embargos para el cobro de las deudas generadas a consecuencia del desarrollo de su actividad con la seguridad social".

Una situación que habría generado una deuda por impago de cuotas a esta institución en los ejercicios correspondientes a los años 2008, 2009, 2010 y 2011 por un importe total superior a los 700.000 euros "sin recargos ni intereses".

El documento de la Fiscalía concreta que, para llevar a cabo los hechos enjuiciados, las sociedades "no disponían de bienes a su nombre" y llevaban a cabo sus negocios en locales arrendados, mientras que la mayoría del "inmovilizado" habría sido adquirido "mediante leasing".

Asimismo, presuntamente efectuaban pagos a proveedores en metálico y las cantidades de las que disponían en cuentas corrientes presuntamente "eran destinadas al pago de deudas o a amortización de préstamos de cargo inminente al ingreso en cuenta", una circunstancia que ha hecho que la gestión recaudatoria de la Seguridad Social haya resultado "infructuosa".

El documento del Ministerio Público señala que las citadas sociedades presuntamente incumplieron "los requisitos en el Código de Comercio respecto a la llevanza de libros contables" y además "ninguna" de ellas depositó las cuentas anuales en el registro mercantil desde 2008" ni instaron su declaración de insolvencia.