El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la indemnización de 58.381 euros que la empresa Auzo Lagun deberá pagar a una trabajadora que contrajo dermatitis por exposición a productos de limpieza.

El sindicato CCOO ha informado este martes en un comunicado de la reciente sentencia de la Sala de la Social del TSJPV por la que ratifica la condena emitida en julio de 2024 por el Juzgado de lo Social de Eibar, a la empresa Auzo Lagun.

La trabajadora afectada desempeñó tareas de limpieza en la cocina central de la empresa y en la del centro hospitalario Aita Menni de Arrasate donde estuvo expuesta a productos de limpieza de la que derivan sus patologías, señala CCOO. Entre 2018 y 2010 atravesó ocho periodos de baja médica por diagnósticos de afta bucal y dermatitis eczematosa e irritativa del párpado.

Sentencia

La sentencia del TSJPV refleja que la evaluación de riesgos era "incompleta" y que la empleada "prestó servicios de limpieza en la cocina sin una adecuada ventilación" durante siete años al tiempo que "recibía órdenes de mezclar varios productos que no deben mezclarse", detalla el sindicato.

La empresa "incumplió también claramente la obligación legal de realizar mediciones para determinar los valores límite ambientales y biológicos y conocer la exposición", señala la sentencia que remarca que la cocina estaba a 27 grados lo que pudo haber influido en la volatilidad de los productos químicos y en la absorción dérmica.

El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha denunciado el "doble calvario" padecido por la trabajadora, ya que a la propia enfermedad "habría que añadir el sinfín de procesos judiciales que ha tenido que atravesar".

Varios de los ocho periodos de baja médica han sido reconocidos como derivados de enfermedad profesional a través de sentencias del Juzgado de lo Social de Eibar, "mientras que para el reconocimiento de la incapacidad permanente total por enfermedad profesional ha sido necesario llegar hasta el TSJPV", señala.