La ley también da segundas oportunidades
Cancelan una deuda de 137.721 euros a un matrimonio donostiarra que actuó con buena fe, aplicando un beneficio que permite una nueva normativa de 2015
Deudores de buena fe, esta es la clave que permite aplicar la denominada Ley de Segunda Oportunidad, una norma que entró en vigor en julio de 2015 y que ofrece una salida en el ámbito concursal para aquellos deudores de buena fe con cargas. Incluye a los particulares, retira las cláusulas suelo a colectivos vulnerables y apoya las bonificaciones a familias y autónomos, entre otras medidas.
Mediante la aplicación de esta ley, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Donostia ha acordado la cancelación de una deuda de 137.721 euros, contraída por un matrimonio donostiarra al que ha concedido el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).
Los particulares exonerados mediante esta norma solo tienen que devolver sus deudas tras cinco años en casos excepcionales y fortuitos, como puede ser por una herencia no prevista o un premio de lotería o de juegos de azar. Además, con el fin de no estigmatizar socialmente al exonerado, la norma limita el acceso al Registro Público Concursal.
Para beneficiarse de la exoneración del pasivo en estos casos es preciso, según declaró recientemente el Tribunal Supremo, que el concurso no haya sido calificado culpable, que el deudor concursado no haya sido condenado por sentencia firme por determinados delitos patrimoniales y que se haya acudido al procedimiento del acuerdo extrajudicial de pagos con carácter previo a la apertura del concurso.
En el caso del matrimonio donostiarra, representado en este asunto por el despacho de abogados Repara tu Deuda. La pareja había acumulado una deuda de 137.721 euros contraída “poco a poco” mediante préstamos con trece entidades acreedoras, después de que el varón se quedara en el paro.
En un auto, el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Donostia explica ahora que en este caso los “activos” del matrimonio para solventar su deuda eran “inexistentes” por lo que la “única cuestión a resolver” se refería al “pasivo insatisfecho”. El documento aclara además que la “única” respuesta a la petición de exoneración solicitada por el matrimonio vino por parte de la administración concursal que se mostró “conforme con la concesión de este beneficio”. Por este motivo, “unido a la falta de alegaciones por parte de los acreedores”, el juzgado concede ahora “con carácter provisional” a este matrimonio “el beneficio de exoneración respecto de los créditos incluidos en su solicitud”. En un comunicado, el despacho Repara tu Deuda aclara que “la Ley de Segunda Oportunidad está pensada para brindar una nueva ocasión a las personas que se han equivocado o las cosas les han ido mal” y precisa que “no debe entenderse como una vía para limpiar el expediente y volver a endeudarse”, ya que constituye “una oportunidad real que la legislación ofrece para hacer las cosas bien”.
La consultora recuerda que esta Ley permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda siempre que se demuestre que previamente han actuado de buena fe e intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda, fijar un calendario de pago inferior a diez años o pagarla mediante la cesión de bienes. Si no se logra, pueden solicitar un concurso de acreedores y pedir ante el tribunal la exoneración de la deuda, concluye el bufete. - Efe
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