El juez falla contra 164 monjas y da la razón al arzobispo de Oviedo
Las religiosas alegan que el prelado no podía vender su antiguo colegio
Madrid. Un juez ha denegado una medida cautelar solicitada por 164 religiosas de la Asociación Lumen Dei contra el arzobispo de Oviedo y comisario pontificio de Lumen Dei, Jesús Sanz, que perseguía condicionar cualquier compraventa del antiguo Colegio Saint Mary de Pozuelo (Madrid), denominado ahora como Aquinas.
En un auto, fechado el 24 de enero y al que ha tenido acceso Efe, el magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Pozuelo, Enrique Presa, deniega la petición de anotación preventiva en caso de implicarse en una compraventa, pero no se pronuncia sobre el fondo del asunto en litigio.
La demanda contra Sanz y Aquinas International School pide la nulidad del contrato de compraventa del 25 de octubre de 2012 al alegar que el arzobispo carecía de autorización para efectuar la venta del colegio Saint Mary of Fatima en Pozuelo -adquirido en 1995 y vendido en 2012-por la asociación.
Y por ello las religiosas solicitaron como medida cautelar la petición de anotación preventiva que consiste en advertir a un futuro comprador o vendedor del Colegio de que existe un litigio que afecta a ese inmueble, por lo que puede implicarse en una operación que luego la Justicia pueda tumbar.
Para las religiosas, Lumen Dei se divide en tres organizaciones diferentes aunque las tres utilicen las palabras "Lumen Dei".
Se trata de la Asociación Lumen Dei, aprobada en Valencia en 1975 y que es la que dispone de todo el patrimonio; la Asociación Unión Sacerdotal Lumen Dei erigida en Cuenca en 1986, y la Unión Lumen Dei constituida en Cuenca en 1986 y que es la que depende del Vaticano.
Y añaden que la Santa Sede nombró Comisario Pontificio de la Unión Lumen Dei a Sanz, aunque éste "maniobró" para proclamarse también el líder de la asociación, según explican a Efe.
Por ello, entienden que el arzobispo de Oviedo no puede vender pisos ni edificios sobre los que no tiene potestad alguna.
El juez menciona que las demandantes hablan de una oposición a la venta del inmueble y como muestra de ello se aporta una carta de 20 de octubre de 2012 dirigida a Jesús Sanz por parte de ellas. Pero precisa que "en tal carta lo que se reprocha es que lo convenido en la futura escritura pública es perjudicial respecto de lo convenido en un contrato privado anterior" de compraventa.
De esta forma el juez considera que "no hay oposición a la venta en sí sino a sus condiciones, a que Lumen Dei tendría que hacer numerosas concesiones a la parte compradora". Y se refieren a Sanz de la siguiente manera: "usted es Comisario Pontificio y ostenta los Poderes de Lumen Dei en España".
Del contenido de esa carta se desprende que las misioneras no contradicen que Unión Lumen Dei y la Asociación Lumen Dei sean la misma entidad ni que Sanz tenga poderes para la compraventa, sino simplemente su disconformidad con las condiciones de la misma." Efe