muchas veces el discurrir frenético de la actualidad, máxime en una situación de convulsión política como la que vivimos, donde todo parece girar en torno a si la ley de Amnistía alcanza o no a los dirigentes de Junts, Carles Puigdemont y Laura Borrás, olvidándose de que hay 1.200 personas pendientes de que sus procesos judiciales se paralicen o no, hace que acontecimientos de gran peso político no se vean reflejados o pasen desapercibidos.

Esto es lo que ha ocurrido hace unos días con la sentencia del Tribunal Constitucional que, por unanimidad, ha respaldado la competencia de la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) y Navarra para gestionar y efectuar los pagos del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en sus territorios.

El fallo, que rechaza un recurso de Vox en contra de este traspaso, por cuanto, en su opinión, suponía “la ruptura de la caja única de la Seguridad Social”, significa abrir la puerta a que el Gobierno español transfiera sin ninguna rémora al Ejecutivo vasco el régimen económico de la Seguridad Social, una de las competencias históricamente más demandadas por Ajuria-Enea y que forma parte del acuerdo de investidura de Pedro Sánchez, que han firmado el PNV y el PSOE. Esta reivindicación, que explícitamente se recoge en el artículo 18 del Estatuto de Gernika, siempre ha chocado de frente con la oposición sistemática de todos los partidos y sindicatos españoles. Todos ellos coincidentes en el mismo sambenito: la ruptura de la caja única de la Seguridad Social.

Al margen del recurso presentado por Vox, el PP también se mostró en contra de la transferencia de la gestión del IMV al Gobierno Vasco, al presentar una moción en contra en el Senado. También dirigentes del PSOE y miembros del Gobierno español, como la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, han expresado su posición negativa con el acuerdo, al recordar que el proceso para que este país pueda tener esa competencia iba a ser difícil y complejo. Toda una declaración de intenciones.

La sentencia del Tribunal Constitucional disipa de manera clara la inexistencia de ese prejuicio que como un mantra se ha repetido insistentemente a lo largo de los años, hasta convertirse en una realidad virtual sin ningún contenido fehaciente.

Por si ya quedó claro en la pasada legislatura, cuando a regañadientes y con la oposición del entonces ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, el Gobierno español transfirió al Ejecutivo vasco la gestión del Ingreso Mínimo Vital mediante la firma del correspondiente convenio, al considerar que no existía ninguna ruptura de la caja única de la Seguridad Social, ahora, el Tribunal Constitucional ratifica y avala esa decisión. Otra cosa es que ese subsidio sea complementado por la Renta de Garantías de Ingresos (RGI) vasca, preexistente a la normativa española y que ofrece una cobertura superior para las rentas más bajas.

Para el Tribunal Constitucional la normativa para la tramitación y el reconocimiento del Ingreso Mínimo Vital parte de una normativa de aplicación que es competencia del Estado y, por lo tanto, garantiza el mantenimiento de un modelo único y un funcionamiento económico unitario. En este sentido, vuelve a recordar una sentencia de la misma instancia judicial del año 1989 en el que plantea que la transferencia del régimen económico de la Seguridad Social, que recogen los estatutos no solo de la CAV, sino también de Andalucía, Galicia o Comunidad Valenciana, aunque estas regiones no hayan expresado mucho interés por disponer de la competencia, debe de conciliarse con la del Estado para preservar la caja única de la Seguridad Social.

La sentencia del Tribunal Constitucional tiene su importancia porque jurídicamente elimina cualquier argumento opositor a la transferencia de la gestión del régimen económica de la Seguridad Social, ya que respetando el carácter unitario del sistema y la legislación básica del Estado, el Gobierno Vasco pasará a ocuparse de la inscripción de las empresas y la protestad sancionadora, las altas y bajas de los trabajadores, la gestión y control de la cotización y de la recaudación de cuotas, el aplazamiento o fraccionamiento de las cuotas, la titularidad, gestión y administración de la Seguridad Social, entre otras cuestiones.

El traspaso del régimen económico de la Seguridad Social no es una cuestión baladí, ya que se estima en alrededor de 11.500 millones de euros los recursos que el Gobierno Vasco podría gestionar. Un importe que puede servir para alinear el sistema público de pensiones con las políticas activas de empleo de Lanbide, que puede dar lugar a un aumento de las incorporaciones al mundo laboral con el consiguiente descenso de las prestaciones, a lo que hay que añadir las políticas pasivas, gestionadas, ahora, por los Administración Central, a través del Ingreso Mínimo Vital.

El objetivo es que todo lo que tenga que ver con las prestaciones de todo tipo de las que son beneficiarios los trabajadores y las personas en riesgo de exclusión social se realice desde un criterio de gestión más eficaz y acorde con las necesidades de los ciudadanos del país.

Otra de las particularidades que recoge la sentencia del Tribunal Constitucional es la singularidad que supone para la CAV y Navarra contar con el Concierto Económico y del Convenio, respectivamente. Una particularidad que le sirve al Tribunal Constitucional como argumento favorable y contundente para mostrarse a favor de la transferencia de la competencia, frente al resto de las comunidades autónomas, al reconocer la existencia de un régimen de financiación propio que les permite asumir el pago de las prestaciones y descontarlo al Estado, a través del Cupo, así como la aportación correspondiente.

Esta referencia por parte de los jueces del Tribunal Constitucional a la existencia del Concierto Económico y del Convenio navarro como instrumento garante del buen ejercicio en el desarrollo y ejecución del subsidio del Ingreso Mínimo Vital, en comparación con el resto de las comunidades autónomas que no tienen esa figura, es reveladora porque desde una de las instancias más importantes del poder judicial español se pone de relieve las virtudes que supone contar con un régimen de financiación propio. Sobre todo, cuando todo lo que se ha dicho hasta ahora han sido afirmaciones contrarias a su existencia y tildar a los vascos de privilegiados e insolidarios. La vieja estrategia del café para todos, pero a la baja.

Esta puesta en valor del Concierto Económico y el Convenio de Navarra por parte del Tribunal Constitucional, nos debería hacer reflexionar a los vascos sobre la necesidad de hacer una defensa a ultranza de la columna vertebral de nuestro autogobierno en todos los ámbitos de actividad, desde un planteamiento pedagógico, que sirva para contrarrestar las campañas que, de manera periódica, se orquestan desde diversas instancias políticas, académicas y sociales estatales.

En este momento, nos encontramos en una campaña dirigida al cálculo del Cupo, al que tildan de poco transparente e insolidario y que se acrecentará en los próximos meses cuando empiecen las negociaciones con la Generalitat de Catalunya para dotar a esta comunidad de un sistema de financiación propio, parecido al Concierto Económico, y la puesta en marcha de un nuevo modelo de financiación para las autonomía de régimen común.

Ante esta coyuntura no vale mirar para otro lado, sino tomar la iniciativa desde las instituciones hasta los partidos, pasando por los agentes económicos y sociales, para explicar, tanto aquí como del Ebro para abajo, cual es la realidad del Concierto Económico y qué supone contar con un régimen de financiación propio. Ya no sirven actitudes pasivas, como ha podido haber hasta ahora, sino ser beligerantes en una cuestión que es base de nuestro autogobierno. Cuanto antes, mejor.