Desconozco si es por influencia de mi suegra o por qué, pero la cuestión es que cada vez soy más refranero. Hoy recurro al dicho “el que mucho abarca, poco aprieta” para desahogarme y al mismo tiempo, justificar mi incapacidad.

Trabajo, como he dicho reiteradamente, en una organización agraria de Gipuzkoa, ENBA, en la que los medios personales son algo más que limitados y los medios económicos, mejor no hablar.

Todo ello conlleva que abarquemos muchos temas, cada vez más complejos, rasquemos la superficie e, inmediatamente, a otra cosa mariposa, ya que no hay ni tiempo ni medios para profundizar ni atender las cuestiones como requieren.

Imagino que muchos de ustedes querrán saber a dónde quiere llegar hoy el juntaletras, y les adelanto que el único objetivo del articulillo de hoy es poner negro sobre blanco un ejemplo de mi (nuestra) (in)capacidad para distraernos en los detalles mientras no nos percatamos de lo importante.

Me centro. Como saben, la política agraria común europea, la PAC, es cada vez más verde y con unos objetivos medioambientales más ambiciosos por lo que, consiguientemente, se impulsa una normativa medioambiental cada vez más tupida, compleja y costosa de cumplimentar por parte de los productores.

Consecuencia de ello es que, por primera vez, las ayudas directas del primer pilar tendrán una condicionalidad reforzada (hasta ahora se trataba de condicionalidad a secas) y, junto a ello, se han impulsado unas ayudas adicionales denominadas ecoregímenes que, a lo tonto, supondrán aproximadamente un 25% de los fondos de las ayudas directas.

Mientras los ecoregímenes son el objetivo de todas las iras, la condicionalidad reforzada, esta sí obligatoria, ha pasado de rositas. Por lo que hoy quiero fijar en ella mi mirada.

En la condicionalidad reforzada se recogen 10 BCAM (Buenas condiciones agrarias y medioambientales), casi todas obligatorias al estar recogidas en el Reglamento 2021/2115 que establece los contenidos que deben recoger los Planes Estratégicos de cada Estado miembro.

Así como quien no quiere, el Gobierno central, en un soberbio ejercicio de ser más papista que el papa, haciendo gala de una innecesaria ambición medioambiental, ha decidido colarnos la BCAM número 10 de fertilización sostenible en lugar de contemplarlo como ecorégimen.

Una BCAM, por cierto, que no responde, como decía, a ninguna obligación europea sino a una decisión gubernamental adoptada aquí, por no sé quien, cuyos objetivos principales son la protección de los cursos fluviales contra la contaminación.

¿Por qué ha decidido el Gobierno central incluir como obligatoria esta BCAM 10 que no se requería por parte de Europa?

Pues bien, conviene saber que la Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por incumplimiento reiterado de la directiva de nitratos.

Esta normativa europea tiene por objeto proteger la calidad del agua en toda Europa mediante la prevención de la contaminación de las aguas subterráneas y superficiales procedentes de fuentes agrarias y el fomento del uso de buenas prácticas agrícolas, exigiéndole un mejor control en las zonas declaradas como vulnerables, además de ampliar dichas zonas.

Como nadie da puntada sin hilo, la BCAM 10 incluye obligaciones recogidas en el Real Decreto 1051/2022 sobre nutrición sostenible, publicada al día siguiente del día de los Santos Inocentes, que incluye la obligatoriedad de registrar en el cuaderno de explotación todas las operaciones de fertilización y abonado.

También establece la obligatoriedad de contar con un plan de abonado y de que la aplicación de purín y estiércol se realizará según el calendario y condiciones dictadas por la administración.

La cuestión es que, si uno observa el mapa de zonas vulnerables por nitratos, ninguna de ellas está en la Cornisa Cantábrica. Y si lo comparamos con la orientación ganadera de las diferentes zonas del Estado, comprobamos que el mapa de zonas vulnerables por nitratos coincide con el mapa de zonas con exceso de fertilización mineral y con las de ganaderías intensivas (porcino y aviar) que apenas tienen base territorial y, añado, que tampoco son perceptores de las ayudas directas de la PAC.

O sea, resumiendo, mientras organizaciones agrarias, la mía incluida, y gobiernos autonómicos de la Cornisa Cantábrica estábamos entretenidos con los detalles del articulado de las 1.000 páginas de la PAC, alguien en el Gobierno central decidió que las ganaderías familiares, principalmente de vacuno y ovino, muchas de ellas en la Cornisa Cantábrica, ubicadas en territorio sin zonas vulnerables, sean obligadas a cumplir estrictamente con medidas para atajar un problema que ellos no han generado mientras los que generan el problema, al no ser perceptores de la PAC, no se verán afectados.

En otros países, como Irlanda, estos requisitos, aquí obligatorios, han sido planteados como voluntarios y en el seno de los ecoregímenes, incentivando la priorización y buen manejo de los fertilizantes orgánicos frente a los fertilizantes minerales. Aquí no, aquí alguien ha optado por ser más papista que el papa.

La cuestión es, ¿quién es el, o la, responsable, por acción u omisión, de semejante atropello a la ganadería, principalmente, de la Cornisa Cantábrica? ¿Es reversible semejante atropello?

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