Será el Tribunal Supremo el que decida si el modelo de deporte escolar que se desarrolla en Gipuzkoa puede seguir funcionando como hasta ahora. Me gustaría que así fuera, que la justicia reconociera las virtudes de un sistema que apuesta por la iniciación deportiva como parte del desarrollo integral de los menores, como vía para familiarizarse con la actividad física junto a sus compañeros, de manera inclusiva, sin afán competitivo, con el propósito de disfrutar todos, no solo los más dotados, y, por supuesto, acompañados por las familias. Esa es mi visión del modelo en base a la experiencia que me tocó vivir hace ya unos cuanto años. El problema parece residir en la obligatoriedad de tener que hacer deporte escolar para practicarlo también con un club, requisito que rige hasta los 12 años. La sentencia anula una serie de artículos para dejar las manos libres a los progenitores a la hora de planificar la iniciación deportiva de sus hijos e hijas. Es decir, el deporte en las etapas tempranas de la vida es un territorio libre, ajeno a la enseñanza ordinaria, que esa sí es obligatoria. Y lo es porque por experiencia se sabe que no se puede dejar al criterio de los padres y madres, cosa que sí hace la sentencia en el caso de la iniciación deportiva, apelando a la libertad de los menores en base a sus preferencias. Esto de las preferencias de los menores me parece un terreno muy resbaladizo, porque no se sabe dónde comienza su preferencia y dónde la presión familiar. Si las preferencias de los menores fueran ley, para cenar todos los días habría pizza. Y una cosa que dice la sentencia que no se sostiene en datos. Acusa al modelo guipuzcoano de romper la homogeneidad de la CAV para especular luego con la “pérdida de talento” que provocaría la polideportividad. Sin entrar en aguas más profundas, no hay más que ver el medallero olímpico para comprobar qué territorio es el modelo para el talento deportivo.
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