Hace un año, el pasado 1 de enero de 2024, entró en vigor en Astigarraga la Ordenanza reguladora de las ocupaciones de suelo para hostelería y restauración, popularmente conocida como Ordenanza de terrazas. Transcurridos doce meses, el Ayuntamiento ha hecho un balance positivo y se han abierto más de 40 expedientes.
Durante el primer año, el Consistorio ha llevado a cabo un trabajo de seguimiento para controlar especialmente el cumplimiento de la ordenanza reguladora de terrazas y la ordenanza del ruido. Fruto de esta labor, el Ayuntamiento ha puesto varias advertencias, expedientes y multas.
Sanciones por ruido
En cuanto al ruido, el Ayuntamiento ha abierto un total de ocho expedientes, unos por tener apagado el medidor, otros por superar el límite del mismo y otros por incumplir otras medidas de la ordenanza del ruido. De estos ocho expedientes, en estos momentos cinco están finalizados y se han impuesto multas de entre 1.000 y 1.500 euros y todas ellas han sido cobradas. Los otros tres expedientes están aún sin finalizar.
En cuanto a la ordenanza sobre terrazas y ocupación de suelo público, a lo largo del año 2024 el Ayuntamiento tramitó un total de 36 expedientes. Como consecuencia de estos expedientes el Ayuntamiento ha emitido 22 apercibimientos, ha impuesto once multas (la menor de 50 euros y la mayor de 1.350 euros) y está tramitando otros tres expedientes en estos momentos.
De los 36 expedientes, 24 han sido por colocar más mesas y sillas de las correspondientes al establecimiento hostelero, y nueve de ellos han recibido multas.
Campañas informativas
El Ayuntamiento recuerda que a lo largo de 2024 el Ayuntamiento ha llevado a cabo una serie de actuaciones y campañas para dar a conocer la nueva normativa. Además, en su elaboración se llevó a cabo un proceso de participación tanto con la ciudadanía como con los hosteleros.
En este contexto, un caso ha tenido bastante notoriedad a lo largo de 2024. El propietario de un establecimiento hostelero acusó reiteradamente al Ayuntamiento de vulnerar sus derechos y de tomar decisiones sobre su terraza de forma arbitraria, con la intención de perjudicar en particular a dicho establecimiento.
Sentencia favorable
Por este motivo, el hostelero demandó al Ayuntamiento. Recientemente se ha conocido la sentencia de la sala 3ª de lo Contencioso-Administrativo de Donostia. La sentencia desestima el recurso contencioso interpuesto por el propietario del establecimiento hostelero y establece que el Ayuntamiento ha adoptado todas las decisiones conforme a derecho y en cumplimiento de la ordenanza, es decir, que las resoluciones del Ayuntamiento sobre el número de mesas, número de fachadas, la posibilidad de uso del frente de los establecimientos colindantes, la prohibición de colocar mesas en los soportales etc. son adecuadas.
“Esta sentencia es importante para esclarecer el asunto y aclarar que la actuación del Ayuntamiento (tanto de los técnicos como de las autoridades municipales) ha sido correcta”, señalan desde el Consistorio. La sentencia aún no es firme y cabe recurso y se puede consultar íntegramente en la web municipal.